El Art. 6 de la Ley Orgánica 4/1981, que regula los Estados de Alarma, Excepción y Sitio, establece que «la declaración del estado de alarma se llevará a cabo mediante decreto acordado en Consejo de Ministros. En el decreto se determinará el ámbito territorial, la duración y los efectos del estado de alarma, que no…
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