EL TS CIERRA LA PUERTA A LA ARBITRARIEDAD EN LA SELECCIÓN DE FUNCIONARIOS
La STS Nº 4.874/2025 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo establece que un concurso de méritos solo es válido si está sustentado en tres garantías esenciales: (i) un baremo previo y público; (ii) acceso íntegro al expediente y (iii) una motivación detallada de cada puntuación asignada. Sin esas condiciones, el proceso pierde validez jurídica y…
