SIN OBJECCION DE CONCIENCIA NO PUEDE HABER LIBERTAD
La objeción de conciencia es un Derecho Fundamental reconocido en el Art. 30 de la Constitución y desarrollado en la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, que declara (Art. 19) que “los profesionales sanitarios directamente implicados en la interrupción voluntaria del embarazo…
