La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha anulado la concesión directa de 6M€ en forma de subvenciones concedidas en 2021 a las CCAA del País Vasco, Extremadura y Valencia con cargo a los Fondos Next Generation EU por «falta de justificación«.
El RD 902/2021, de 19 de octubre, concedía 2M€ a cada una de esas tres CCAA y entonces la CCAA de Madrid recurrió el mismo, legitimada como potencial beneficiario, solicitando la nulidad de esos fondos distribuidos directamente a dichas CCAA que presentaron un total de seis proyectos piloto dirigidos a jóvenes, dentro de la rúbrica ‘colectivos vulnerables’ y ‘emprendimiento y microempresas’ de dichos Fondos, solicitando para cada uno de ellos 1M€, al entender que carecían de «razones válidas y suficientes«.
Ahora, el TS declara la nulidad de estas medidas, tres años después, al considerar que la Administración efectivamente no justificó con razones válidas y suficientes dicha actuación como para poder acudir al procedimiento excepcional de concesión directa de subvenciones. La STS señala que tanto las Memorias como el Preámbulo del RD 902/2021, de 19 de octubre, confunden el fundamento para la concesión directa de subvenciones porque “no es la concurrencia de razones de interés público, económico y social en la subvención la razón que autoriza la concesión directa de las subvenciones» para añadir que “en toda subvención laten y subyacen intereses de dicha naturaleza, sino la presencia y justificación de los singulares motivos en la elección del procedimiento excepcional de concesión directa y la relegación del régimen general de convocatoria pública” cuando en este caso “se observa que el destino o finalidad de las subvenciones concedidas no es la creación de empleo para cubrir las necesidades de las personas vulnerables, sino la realización de proyectos piloto cuya experiencia pueda ser, en su caso, trasladada al conjunto del territorio nacional”.
Así las cosas, la Sala señala que “no se entiende que si una de las razones que justifica la concesión directa es trasladar la experiencia derivada de los proyectos piloto a todo el territorio nacional, se dejen fuera otras comunidades autónomas interesadas”.
En sentido contrario, la Sala no anula otra subvención recogida en el mismo RD por importe de 3M€ para la CCAA Foral de Navarra, dirigida a un proyecto de ‘Emprendimiento y microempresas’, incluido en el Plan de Reactivación Económica de los Pirineos Orientales de Navarra, al entender que en ese caso sí se justificó adecuadamente el procedimiento de concesión directa por el concreto ámbito geográfico sobre el que debería desarrollarse el proyecto subvencionado, imposibilitando así la concurrencia de otras Administraciones.