LOS PISOS TURÍSTICOS NO SON VIVIENDAS
La Sala de lo Contenciosos Administrativo del TSJ de Castilla y León, en sentencia de 22.09.26, señala que la temporalidad de la estancia inherente al negocio de los pisos turísticos impide que las ‘viviendas de alquiler turístico’ sean consideradas como ‘viviendas permanentes’ y por esta razón los planes generales urbanísticos pueden restringir la implantación de…
