Una reciente STS cambió la Doctrina Jurisprudencial del Tribunal Supremo en enero de 2023 –frente al criterio anterior establecido en diciembre de 2020- y estableció que los intereses de demora están sujetos al IRPF, precisando además que los mismos no forman parte de la base del ahorro sino de la base general acrecentando dicho disparate…
La AEAT, siguiendo las consultas de la también pública DGT, siempre había considerado que los intereses de demora que percibe un contribuyente como consecuencia de la devolución de un ingreso indebido, debían tributar como ganancia patrimonial en la base del ahorro del IRPF. Sin embargo, con fecha 03.12.2020, una STS (Rec. 1651/2020) declaró que esos…
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