EL REGISTRO SALARIAL SOLO ES DE LOS VALORES MEDIOS
El Tribunal Supremo concluye que las empresas están obligadas a disponer y a facilitar a los sindicatos un registro con los valores medios desagregados por sexo de los sueldos y salarios que abonan a sus trabajadores, pero sin que sea obligatorio incluir datos que permitan identificar la retribución individualizada de una persona concreta. En el…
