El vicepresidente segundo del Desgobierno Progresista, el comunista Pablo Iglesias Turrión, tiene declarado que “lo que ataca a la libertad de expresión es que la mayoría de los medios de comunicación sean privados. Incluso, que existan medios de comunicación privados ataca a la libertad de expresión” porque a su forma de ver “los medios son un arma” ya que al tratar la información “si la información es un derecho, en la medida en que un derecho se convierte en susceptible de mercantilización y de ser una propiedad privada, se convierte en un privilegio” y, por supuesto, ese privilegio tiene que desaparecer o reservarse exclusivamente al Gobierno para que dirija así nuestros pensamientos a través del control de la información. Nada más peligroso para una Democracia.
Lo más cierto, sin embargo, es que ese conjunto de medios de comunicación, públicos y privados, con distintos sesgos resultantes de las distintas visiones que conforman la vida de cualquier país democrático, constituyen la base del Derecho al Acceso a la Información que con el Derecho a la Libertad de Prensa y la Prohibición de cualquier tipo de Censura integran el Derecho Fundamental a la Libertad de Expresión que cimienta nuestra Democracia hasta el punto de conocerse como Cuarto Poder, un poder no sólo informativo que rompe el monopolio de la información del Gobierno sino que también lo contrapesa denunciando precisamente sus excesos en cualquier ámbito protegiendo con ello no sólo a la Sociedad Civil sino al propio Gobierno que se autocontrolará y tratará de no incurrir en excesos que, de otra manera, serán denunciados públicamente por esos medios de comunicación.
Por otra parte, encontramos en nuestro Código Penal encuadrado en el Título XXI “Delitos contra la Constitución” y regulado concretamente en la Sección 1ª “De los delitos cometidos con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la Constitución” del Capítulo IV “De los delitos relativos al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas”, el Art. 510 CP que reza: “1. Serán castigados con una pena de prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses: a) Quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad”.
En definitiva, que continua la escalada contra los Derechos Civiles de este Desgobierno Comunista que, aplicando medidas de excepción en un Estado de Alarma, intenta ahora censurar y amedrentar totalmente a todos los medios de comunicación que no sigan su discurso ideológico (parcialmente ya lo hizo controlando las preguntas en Moncloa) para, al socaire de limitar los supuestos “bulos”, impedir que vean la luz el sinfín de despropósitos que llevan su firma y, sobre todo, sus terribles consecuencias: los más de 20.000 muertos oficiales que seguramente superen los 60.000 reales cuanto termine esta crisis por el coronavirus. Como dice uno de esos comunicados que circula por la red “cuando el gobierno quiso que vieras un ataúd, puso 22 cámaras y un especial informativo. Cuando no quiere que veas 20.000 ataúdes, te llama fascista”. Más claro el agua. Ya están rozando el Delito de Odio y pronto también lo traspasarán si nos dejamos.
