Se acaba de aprobar, por parte del Consejo de Europa, una nueva guía para la celebración de referéndums que sitúa a la Constitución como único marco legal para poder realizar válidamente un plebiscito. Con ella, Europa deslegitima definitivamente la estrategia de los partidos separatistas de convocar plebiscitos de independencia utilizando instituciones autonómicas/locales porque su celebración, para ser válida jurídicamente, requiere “cumplir con el sistema legal en su conjunto«.
Esta nueva guía, por tanto, constituye el revés definitivo a aquellos independentismos, especialmente el catalán y vasco, que pretenden auto plebiscitarse porque la nueva regla señala que, para que ese acto fuera válido votando sólo una parte del país, el mismo debería venir previamente habilitado por la propia Constitución Española o por una Ley Nacional que lo amparara con lo que las encuestas, los resultados de las Elecciones Autonómicas y cualquier otro proceso inventado al margen de lo anterior no tendrían ningún valor jurídico ni en España ni en Europa para fundamentar la independencia de un territorio.
La Constitución, tal y como la vienen interpretando el Tribunal Constitucional y el Consejo de Estado, garantiza que todos los españoles deben participar en una consulta de esa naturaleza, porque la soberanía nacional reside en el Pueblo Español y no solo en un parte del mismo. Por ello, la modificación introducida por el Consejo de Europa obligaría a España a reformar previamente la Constitución para que cualquier territorio, al margen de la nación, pudiera celebrar un plebiscito de autodeterminación.
La Comisión de Venecia es la encargada de asistir y aconsejar a los países miembros del Consejo de Europa en asuntos constitucionales para mejorar el funcionamiento de las instituciones democráticas y es la autora de esta nueva Guía para la Celebración de Referéndums que viene a sustituir al Código de Buenas Prácticas sobre Referéndums de 2006. Se trata, por tanto, de un documento de extraordinario valor, aunque no vinculante, porque marca por dónde van los principios democráticos y los valores de Europa que constituyen, a su vez, un marco de actuación ineludible para todos los países miembros.
El texto, sin hacer referencia al problema catalán, está trufado de alusiones a los sucesos de Octubre de 2017, así, en la introducción, se indica que la nueva guía parte del análisis de varias disputas surgidas en los distintos estados recordando cómo, en algunos de esos controvertidos referéndums, se vulneró la legalidad al convocar las consultas sin mayorías cualificadas. La Comisión sostiene además que esos referéndums solo buscaban reforzar al Poder Ejecutivo y arrinconar al Legislativo. Por ello, el Art. 1 de esta nueva guía formaliza que cualquier referéndum «debe cumplir con el sistema legal en su conjunto» y que «no se pueden celebrar referéndums sin la Constitución o un estatuto o ley que cumpla la Constitución«. La Comisión precisa que, incluso si un Parlamento tuviera la competencia para convocar un referéndum, la consulta no debería convocarse si incumple el marco constitucional porque la Carta Magna es precisamente el garante de los derechos y libertades del conjunto de una sociedad. Más claro el agua.
