Complicado problema el de una Justica, históricamente lenta en España, a la que la crisis administrativa que realmente subyace a la crisis por la pandemia le está pasando el rodillo hasta el punto de que los propios funcionarios denuncian que los casos pendientes se han disparado de media un 30%, con lo que ya podemos hablar de un auténtico atasco judicial cuando más falta nos hacen los Juzgados y Tribunales.
El ministro del ramo, Juan Carlos Campo, se limita a lanzar cantos de sirena asegurando llevar en breve al Consejo de Ministros una nueva Ley de Eficiencia Organizativa que, a su decir, va a cambiar la visibilidad de la Justicia introduciendo la figura de los “Tribunales de Instancia” una suerte de nueva oficina judicial que «hará desaparecer los muros» (¿?). Otra película de este Desgobierno Comunista que no ha hecho nada ni hará nada nunca mientras la tozuda realidad nos dice, siguiendo al CSIF, que la tasa de asuntos pendientes ha crecido casi un 30% en un periodo en el que la entrada de asuntos en los tribunales ha descendido un 12% por el confinamiento. Blanco y en botella.
Asimismo, acabamos de conocer una sentencia de la AP de Zaragoza del pasado noviembre que establece que, si el último día del plazo de presentación de una demanda es inhábil procesalmente, dicho plazo no se prorroga hasta el siguiente día hábil, ya que puede ser presentada telemáticamente (la Ley nuevamente es soslayada). Si esta ocurrencia se extendiese, supondría en la práctica acortar todos los plazos procesales, al transformar los días inhábiles en hábiles ya que ahora todos los escritos se pueden presentar telemáticamente, con lo que los tiempos necesarios para que los abogados puedan tanto trabajar como descansar, tenderían a cero por el solapamiento de los distintos procedimientos. Además, este asunto ya fue despachado por el TS en sentido contrario (por todas, la STS de 11.07.2011). Además, los magistrados de la AP confunden la velocidad de entrada de los distintos escritos en sede judicial con la sustanciación de los asuntos por lo que una mayor cadencia de escritos colapsaría más aún la Justicia.
Al margen de esa resolución que va directamente contra el Derecho Fundamental a obtener la Tutela Judicial Efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio, por parte de los ciudadanos, de sus derechos e intereses legítimos, lo más cierto de entrada es que la Justicia está privada de los medios necesarios para ser una Justicia de verdad: una Justicia rápida. Se necesitan más jueces, más juzgados, más funcionarios y, sobre todo, más medios tecnológicos para intentar llegar a la media europea tanto en número de jueces (21 por cada 100.000 habitantes mientras en España existen sólo 12) como en resolución de asuntos.
En ese sentido, la pendencia acumulada (ratio/meses necesarios para combatirla) afecta de manera singular al área de lo Civil (0,85/7m) seguida de lo Contencioso Administrativo (1,13/14m) y de lo Social (1,12/13m) mientras el Penal es más ágil (0,36/3,7m), cuando en este ejercicio se prevé por parte del Ministerio de Justicia que la entrada de asuntos aumente un 140% por el fin del Estado de Alarma y de los ERTE. La solución no pasa por recortar derechos ni a los funcionarios, ni a los abogados ni, por supuesto, a los justiciables –que son los que más pierden al pagar impuestos por servicios que como la Justica no funcionan- sino en reestructurar todo el sistema, dotándole de más y mejores medios con especial atención tanto a la tecnología como a las normas procesales para establecer unos nuevos procedimientos garantistas a la par que sencillos para ganar en velocidad de tramitación y de resolución. Sin esto, cualquier otra iniciativa será en vano.
Mientras tanto, las distintas asociaciones de jueces –no sin razón- acaban de elevar un escrito a la UE denunciando el «riesgo de violación grave» del Estado de Derecho en España por las últimas reformas legislativas que a su juicio afectan a la independencia judicial, solicitando a la Comisión Europea la adopción de medidas incluido un procedimiento sancionador por violar los valores básicos de la UE como son los derechos humanos o el imperio de la ley siguiendo el Art. 7 TUE. En verdad, para salvaguardar el imperio de la ley en España podrían empezar por controlar a una Administración que cada día más se salta la Ley en perjuicio de todos los ciudadanos.
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