Meritxell Batet, presidenta del Congreso y adalid de los Derechos Civiles, que hace poco hizo un jueguecito de manos con la connivencia de los letrados del Congreso –que tuvieron la precaución de no firmar el dictamen correspondiente- para no retirar el escaño a Alberto Rodríguez de PODEMOS tras su reciente condena por un Delito de Atentado por el Tribunal Supremo, acaba de dar marcha atrás tras recibir un oficio del propio TS preguntándole por la fecha del inicio de cumplimiento de la meritada condena.
El embrollo jurídico es de órdago toda vez que la Mesa del Congreso –controlada por la mayoría Frankenstein– se opuso a la ejecución de dicha sentencia y se opone ahora a aceptar la decisión de la presidenta que supone abrir la vía para la retirada de escaño al diputado canario de PODEMOS. El Congreso lo refiere así: «En la reunión de hoy, la Mesa, por mayoría de cinco a tres, ha acordado solicitar al Tribunal Supremo aclaración sobre los efectos de su sentencia en la condición de diputado de don Alberto Rodriguez, sin perjuicio de la competencia de la presidenta del Congreso para dar respuesta al oficio del Tribunal Supremo recibido ayer sobre el inicio del cómputo de la pena» aunque Batet –que ya ha comprado sus dodotis– se posiciona directamente a favor de comunicar al TS el inicio del cumplimiento de la pena.
Lo que ha obrado semejante milagro ha sido un Oficio dirigido por Manuel Marchena, Presidente de la Sala de lo Penal del TS, a la presidenta del Congreso de los Diputados para que informe de la fecha del inicio de cumplimiento de la pena de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo impuesta al diputado de PODEMOS añadiendo –no sin recochineo- que lo necesitaba «con la finalidad de realizar la liquidación de su condena» por lo que Batet al detectar inmediatamente que la solicitud se dirigía directamente a su persona ha mudado su color y se ha visto impelida inmediatamente a responder directamente y en el sentido que ya conocía desde un principio: que dicha condena supone la retirada del escaño al condenado.
Alberto Rodríguez, diputado canario de PODEMOS, fue condenado por patear a un polícia en una manifestación a la pena de un mes y 15 días de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena principal como autor de un delito de atentado a agentes de la autoridad con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas, sin perjuicio de que también se acordara la sustitución de la pena de prisión por una de multa de 90 días con cuota diaria de 6 euros, es decir, a 540€ que ya fueron consignados. Esta sustitución fue aprovechada por la mayoría frankenstein en la Mesa del Congreso para resolver que la condena ya estaba cumplida y que, por lo tanto, no había que retirar dicho escaño al condenado, sin embargo el TS les ha precisado que, aunque la inhabilitación fijada en la resolución no es total, la abundante jurisprudencia, tanto de la Junta Electoral como del propio TS, indica que esa prohibición de ser elegido que supone la pena debe provocar la pérdida del escaño por inelegibilidad sobrevenida.
Para el TS la nueva solicitud de aclaración de la Cámara resulta sorprendente por cuanto ni la misma ni su Mesa han sido parte en el procedimiento y, por tanto, no pueden pedir aclaración alguna; aclaración que, por otra parte, ya fue solicitada por el propio condenado siendo rechazada por la Sala atendido que la Sentencia estaba más clara que el agua. Sin embargo, lo que ha desatado la acción del TS ha sido el comprobar como el Poder Legislativo se ponía a votar sobre la ejecución de una resolución firme del Poder Judicial considerando intolerable la reinterpretación de la sentencia que tal movimiento traía consigo y que, además, suponía un peligroso precedente contra la separación de poderes. Al final, este pequeño incidente tiene, sin embargo, una trascendencia grande y dos importantes enseñanzas: (i) el triunfo del Estado de Derecho defendido por el Poder Judicial frente a los crecientes ataques del Poder Político que debería estar sometido al Ordenamiento Jurídico pero que cada día lo está menos y prefiere actuar en la vía de hecho y a su conveniencia y (ii) que la responsabilidad tiene que ser siempre personal como bien ha entendido la Sra. Batet –supongo que tras la condena a los autores del procés y especialmente a su homologa Forcadell- sin poderse amparar en las instituciones que instrumentalizan en beneficio de sus pretensiones políticas y contra la Ley. Si los Juzgados y Tribunales son independientes y siguen la estela del TS podemos estar tranquilos porque de lo contrario entraremos en el abismo de la Dictablanda que los partidos políticos quieren imponer.