El BOE de ayer, 14.10.2021, publica la Orden HFP/1104/2021, de 7 de octubre, por la que el Ministerio de Hacienda y Función Pública aprueba el factor de minoración aplicable para la determinación de los valores de referencia de los inmuebles con el que introduce un coeficiente para extender la base imponible potencial de los bienes inmuebles bajo determinados supuestos, lo que a la postre redundará en un aumento de los Impuestos de Transmisiones, Patrimonio, Sucesiones y Donaciones a partir del próximo año 2022.
Hacienda, de este modo, diferenciará entre ese “valor de referencia” del inmueble, tanto para urbanos como para rústicos, que afectará a las bases imponibles de los Impuestos de Transmisiones, Patrimonio, Sucesiones y Donaciones (los que se gravan el “valor real”), y el “valor catastral” que se usará únicamente para la base imponible del IBI, por lo que éste no se tocará. Esos coeficientes serán del 0,5 para el Valor Catastral que, por tanto, no se modifica mientras y del 0,9 para el Valor de Referencia, lo que supone una subida teórica del 80% hasta que veamos cómo funciona en la práctica.
Esta medida llega –como anunciamos hace unos días en la entrada El Timo del Valor Catastral/Administrativo para los Inmuebles– de la mano de la entrada en vigor de la de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego que es la que (i) estipula que la base imponible ya no sea el valor real de los inmuebles, sino su valor administrativo que ellos denominan “de mercado o de referencia” con el que Hacienda revisará al alza el valor de 825.000 inmuebles, y (ii) recorta a la mitad de las deducciones fiscales para las empresas propietarias de vivienda en alquiler en el impuesto de Sociedades (del 85% al 40%).
Hacienda argumenta que dicha medida «obedece a la necesidad de resolver los problemas de gestión de estos impuestos, provocados por la litigiosidad que tenía la base imponible definida como valor real» sin hacer referencia a la incautación de las ganancias obtenidas en la transmisión de inmuebles de naturaleza urbana provocada por la configuración del IVTNU (Plusvalía Municipal) y que fue finalmente rechazada por los Tribunales por lo que ahora, en esta segunda vuelta del mismo partido, Hacienda quiere –jugando con las palabras- que ese “valor de referencia pasa a ser la base imponible de los impuestos cuya base imponible era el valor real (ITP y AJD, ISD e IP)” declarando insidiosamente que “no se produce subida de impuestos” porque en esos impuestos “la base imponible actual es el valor real de los inmuebles, que todos los tribunales -en enfrentamientos entre particulares y la AA.PP.- han venido asimilando al valor de mercado. En la nueva ley, el valor de referencia que sustituirá al valor real no puede superar el valor de mercado, por lo que usándolo como base imponible no se produce subida de impuestos«. Por lo menos, este nuevo “Valor de Referencia” no tendrá efecto retroactivo y se aplicará únicamente a las transmisiones de inmuebles a partir del 01.01.2022 (cuando entrará en vigor y se publicarán de los valores individualizados) y no afectará, en ningún caso, al patrimonio preexistente.
Lo más cierto, sin embargo, es que con esta medida el Desgobierno Comunista –con el apoyo de las CCAA porque buena parte de sus impuestos cedidos operan sobre inmuebles- pretende con esta medida fijar la base imponible de estos impuestos al margen del valor de mercado o real que se establezca en las escrituras públicas que documenten la transmisión o tenencia del mismo, de forma y manera que puedan garantizarse una recaudación mínima de cada inmueble al margen de lo que las partes implicadas hayan hecho con el mismo. Para los tabernarios: es como si el tabernero te cobrara un buen dinero independientemente de lo que te tomes. Vamos a comprobar en 2022 su efecto en la práctica, pero, para empezar, vayan preparando las carteras.
