En el asunto analizado se trataba de cubrir dos puestos clave de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), la Presidencia y la Adjuntía, aunque luego los mismos fueron pactados entre el PSOE y el PP. Entonces, uno de los candidatos a dicha Presidencia, al considerar que dicho pacto vulneraba su derecho fundamental a acceder en condiciones de igualdad a las funciones públicas, impugnó dicha situación ante el Tribunal Supremo que suspendió cautelarmente, el pasado mes de marzo, el Acuerdo del Consejo de Ministros por el que se comunicaba al Congreso de los Diputados sendas ternas de candidatos. Ahora, tras el allanamiento de la Abogacía del Estado a las pretensiones del demandante, reconociendo así la ilegalidad de dicho reparto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha declarado nulo ese Acuerdo del Consejo de Ministros de 22.02.22 lo que significa la anulación también del proceso de nombramiento de dichas plazas.
La sentencia ratifica el auto de medidas cautelares en el que ya se advertía “un indicio cierto” de que el acto impugnado estaba “viciado de raíz” al desconocer el derecho fundamental del recurrente a acceder a un cargo en condiciones de igualdad desde el momento en que, en puridad, no hay tal proceso sino mera apariencia, negándole al candidato el procedimiento de selección concurrencial, público y transparente que marca la Ley, máxime cuando se trata del acceso a un cargo público de especial relevancia. El TS declara como hecho notorio, que un mes y cuatro días antes de convocarse ese procedimiento selectivo se pactó, se designó y se eligió a quienes finalmente ocuparían la Presidencia y la Adjuntía de la AEPD sin que el resto de candidatos tuviesen ni una sola oportunidad. Para el TS, ese apartamiento y aparcamiento del procedimiento, altera de raíz el mismo hasta el punto de transformar la fase de ratificación parlamentaria por otra de elección, certificando que se ha actuado como si no existiese la norma que regula dichos nombramientos para prestarse después a dar cobertura formal a una designación realmente ya hecha antes de hacerse la oportuna convocatoria.
Este caso, que podría parecer otro más por la habitualidad con la que se producen estas situaciones, hoy entre Sánchez y Casado, mañana entre Feijóo y el que venga, supone en el fondo que la partidocracia imperante ha penetrado ya hasta un nivel tan profundo en todas las instituciones que hablar de un auténtico Estado de Derecho y de una auténtica Democracia en España es, sin lugar a dudas, entrar en la fabulación.¿Con qué criterio van a resolver los asuntos que se presenten ante la AEPD los elegidos? ¿Van a respetar la Ley cuando su nombramiento está trufado de ilegalidad? ¿Van a respetar los derechos de los ciudadanos o van a servir a quién los nombra? Sin unas instituciones independientes, integradas por personas independientes y capaces, el ciudadano de a pie no tiene ningún derecho ni ninguna oportunidad ante el poder cada vez más omnímodo de la PPSOE. Tomen buena nota. La Dictablanda avanza y los españoles retrocedemos.