El TS tumba el recurso de la LALIGA contra la sentencia de la AP de Madrid que declaró que no se podían realizar partidos oficiales de la competición doméstica fuera del territorio español como había defendido en su día la RFEF, tras consultar a la FIFA, no autorizando la celebración de un partido entre el Gerona y el FCB (temporada 2018-2019) que pretendían jugar en Miami.
LALIGA recurrió, en primera instancia, ante el Juzgado de lo Mercantil Nº 12 de Madrid que, en 2020, falló a favor de la RFEF por lo que el asunto pasó, en segunda instancia, a la AP de Madrid que ratificó tal decisión. Entonces, LALIGA elevó el asunto al TS acusando a la RFEF de competencia desleal porque la misma sí que celebraba partidos fuera del territorio nacional. Sin embargo, para el TS «la actuación de la Federación no puede calificarse de desleal para con la competencia, al obedecer a exigencias impuestas por la FIFA», extremo que reconoce LALIGA en su demanda al subrayar «que no puede obviarse que la Federación se encuentra afiliada a la FIFA y, en cuanto tal, está obligada a cumplir los estatutos».
LALIGA, presidida por Tebas, argumentó que «la internacionalización del fútbol español es clave para el futuro de la industria» y que «toda la actuación de la Federación ha estado presidida, de principio a fin, por el designio nunca ocultado de ejercer de manera desleal y abusiva las competencias propias para impedir a un competidor (en este caso la Liga) el ejercicio de su actividad empresarial, conforme a las expectativas razonables que su condición le otorgaba, de acuerdo con la Ley».
El TS zanja la cuestión destacando, antes de nada, que existe, por parte de LALIGA, una «alteración de la base fáctica de la sentencia» y que «resulta imposible desconocer la comunicación dirigida por la secretaria general de la FIFA a la Federación. En ella, se informa del acuerdo adoptado por el Consejo de la FIFA a propósito de la consulta elevada por la Federación cuatro días después de presentar la solicitud la Liga, por la Federación de Fútbol de Estados Unidos y por la Confederación de Norteamérica, Centroamérica y el Caribe de Fútbol, en relación con la celebración del partido Girona – Barça en Miami (todas esas entidades, junto con la Union of European Football Association, habían de autorizarlo), en el sentido de que el partido no podía ser autorizado (con fundamento en el principio general deportivo mediante el cual, los partidos oficiales de una competición nacional regular deben disputarse en el territorio de la misma asociación nacional)».
LALIGA se cree que puede hacer lo que le dé la gana con el fútbol y el TS le pone, acertadamente, en su sitio. Se olvidan de que la competición futbolística está regida actualmente por la RFEF con la que ellos no compiten sino de la que forma parte como anexo profesionalizado. En el fondo, quieren actuar como actuaría la Superliga que ellos mismos rechazan. Bipolaridad en estado puro.