Se acaba de publicar con fecha 08.05.2021 en el BOCYL (vigor 09.05.2021) la Ley 3/2021 que modifica el impuesto sobre sucesiones y donaciones (ISD) para conseguir su práctica eliminación, al reducir al 99% su coste fiscal, para todas aquellas adquisiciones de bienes y derechos por herencia o donación entre familiares directos, cónyuge, descendientes y ascendientes y además se extiende la equiparación de los cónyuges a los miembros de las uniones de hecho que hayan tenido convivencia estable de pareja durante, al menos, dos años anteriores a la fecha de devengo del ISD y cuya unión se haya inscrito en el Registro de Uniones de Hecho de Castilla y León.
Esta reforma introduce dos nuevas bonificaciones, por un lado, contempla una bonificación del 99% en la cuota de las adquisiciones lucrativas mortis causa y de cantidades percibidas por los beneficiarios de seguros sobre la vida que se acumulen al resto de los bienes y derechos que forman parte de la herencia, cuando los adquirentes del causante sean el cónyuge, los descendientes o adoptados o los ascendientes o adoptantes. Por otro lado, establece una bonificación del 99% en la cuota de las adquisiciones lucrativas intervivos cuando el donatario sea cónyuge, descendiente o adoptado, o ascendiente o adoptante del donante. Para su aplicación se exigirá que la donación se formalice en documento público. En el caso de donaciones en metálico o depósitos en cuentas corrientes o de ahorro, a la vista o a plazo, que el origen de los fondos esté debidamente justificado y se haga constar en dicho documento público.
Esta reforma supone la práctica eliminación del ISD de manera que en las transmisiones lucrativas mortis causa el patrimonio acumulado con años de esfuerzo transmitido a familiares directos no sea objeto de una nueva imposición y, en el caso de las transmisiones lucrativas intervivos, se favorece la transmisión anticipada permitiendo que la ayuda económica llegue en vida a las familias como un acto de generosidad, o en casos de necesidad o de financiación, sin tener que esperar al momento del fallecimiento. Con ello, además, se espera facilitar el relevo intergeneracional de empresas y negocios, así como el emprendimiento, esperando con ello poder estimular la demanda interna, al generar una mayor disponibilidad de rentas a los castellanos y leoneses, y la actividad económica y la inversión, lo que sin duda repercutirá a medio plazo en el crecimiento económico y la creación de empleo.
Buena y coherente noticia en Castilla y León no sólo desde el punto de vista de las personas, que con esta reforma no tendrán que pagar impuestos sobre bienes que ya han tributado anteriormente –algo que se debería extender al resto de supuestos que siguen haciendo tributar en escala a muchos bienes-, sino desde el punto de vista comunitario porque está medida además de dinamizar la economía de Castilla y León impedirá que muchas familias emigren de una manera o de otra a territorios mucho más dinámicos y libres como pueda ser la CCAA de Madrid. Vamos a darnos, por lo menos, el mismo sistema económico que ya hemos visto que funciona allí.