Frente a la sentencia del Tribunal Supremo en la que, hace unos meses, se declaraba la incompetencia, en aplicación de la Ley General Tributaria (LGT), del Departamento de Gestión de la AEAT para la comprobación de los regímenes especiales en el Impuesto sobre Sociedades, lo que determinó que sus actuaciones quedaran anuladas porque competían al Departamento de Inspección, ahora, PSOE y PODEMOS, han introducido una enmienda para modificar el 117 LGT en la tramitación del Proyecto de Ley para modificar la Ley de Impuestos Especiales, la Ley de IVA y la Ley de tasas consulares, con la que trasponen tres Directivas referidas a las exenciones en materia de IVA e Impuestos Especiales, para permitir a los 9.000 técnicos de Hacienda actuar como inspectores siguiendo las peticiones del Sindicato de Técnicos de Hacienda (GESTHA).
La sentencia en cuestión, ya comentada en la entrada “El TS exige que cumpla con la LGT a la AEAT”, afectó al Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Valladolid, pero en la misma el TS advertía que, de permitir tal actuación a los Técnicos, se “alcanza a una realidad extraordinariamente más amplia y comprensiva, la de aplicación de los regímenes tributarios especiales que, a los efectos del Impuesto sobre Sociedades, son los que se enuncian en el Título VII de la norma, precisamente bajo la rúbrica de «regímenes tributarios especiales» (artículos 47 a 129 de la ley, más de la mitad de su articulado)” en los que se incluyen elementos trascendentales del impuesto, como los pagos fraccionados, los grupos, la consolidación fiscal, los establecimientos permanentes, la cifra de negocio, las SICAV y las ETVE, así como los beneficios e incentivos fiscales.
La Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado (IHE) ya impidió en 2020 que prosperara una enmienda a los PGE de 2021 en el mismo sentido, por la que se pretendía crear un Cuerpo Superior Técnico de Hacienda para convertir de forma automática a esos 9.000 Técnicos de Hacienda en funcionarios del grupo A1 –ahora son del grupo A2- sin el cumplimiento de los requisitos legalmente establecidos y atentando contra los principios de igualdad, mérito y capacidad que consagra tanto la Constitución como el Estatuto del Empleado Público. Ahora, vuelve a denunciar estas enmiendas al referido Proyecto de Ley por las que se quiere modificar no sólo el 117 LGT sino también el 174.2 LGT para atribuir al órgano de recaudación la competencia para iniciar el procedimiento de declaración de responsabilidad -con la que están haciendo estragos en la práctica- en todos los casos lo que supondría eliminar la competencia del órgano de liquidación pudiendo incluso alterar el periodo voluntario de pago si un órgano se adelanta al otro.
Veremos en qué acaba todo esto, pero para que todos se hagan una idea clara de lo que se pretende es como «darles alcohol a los indios« y además hacerlo de forma ilegal. Si esto prosperara, no lo duden, el Terror Fiscal se multiplicará.
