No puede ser casualidad la avalancha de medidas contra la vivienda en este final de legislatura. La Ley de Vivienda promovida por PSOE y PODEMOS viene trufada de problemas para los tenedores de vivienda, pequeños o grandes, que ya hemos glosado aquí en diversas entradas (límites al alquiler, a la desokupación, etc…). No obstante, a lo que no renuncia el gobierno socialcomunista es a seguir creciendo en recaudación impositiva con base en los bienes raíces. Así dicha nueva Ley de Vivienda, que sigue su trámite parlamentario en el Senado, conllevará una reducción en la exención de los rendimientos obtenidos por una persona física por el alquiler de vivienda que estaban exentos al 60% en el IRPF y que, cuando se apruebe la nueva Ley de Vivienda, pasarán a estar exentos al 50% de serie lo que claramente supondrá que ese 10% de diferencia pasará a tributar.
La única condición para aplicar la exención actual del 60% es que ese inmueble alquilado se destine a vivienda porque se trataba de favorecer fiscalmente a quienes ponían viviendas en alquiler en el mercado. Sin embargo, ahora, parece que, a pesar de la carestía de vivienda que hay, de las zonas tensionadas, etc… se pretende lo contrario porque esa reducción del 10% es otra piedra en el camino para los propietarios de vivienda con destino al alquiler. Al igual que se castiga fiscalmente a los alquileres de temporada, porque su finalidad no es satisfacer una necesidad permanente de vivienda, dejándoles sin exención, se debería aumentar y no reducir la exención del rendimiento por arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda en el IRPF para incentivar la oferta en el mercado.
El gobierno socialcomunista también lo reconoce y anuncia que mejora la fiscalidad de tales rendimientos al establecer lo siguiente: “Se establece una mejora de la regulación del IRPF para estimular el alquiler de vivienda habitual a precios asequibles, a través de la modulación de la actual reducción del 60 por ciento en el rendimiento neto del alquiler de vivienda, estableciendo que, en los nuevos contratos de arrendamiento, el porcentaje de reducción será del 50%, que podrá incrementarse hasta el 90%, en el caso de que se firmen nuevos contratos de arrendamiento de vivienda en zonas de mercado residencial tensionado con una reducción de al menos un 5% sobre el contrato anterior”. En este sentido, prevén aumentar esa exención (i) hasta el 60% cuando se hubiesen efectuado obras de rehabilitación en los dos años anteriores, y (ii) hasta el 70% cuando se trate de viviendas de nueva incorporación al mercado en zonas tensionadas o se alquilen a jóvenes entre los 18 y los 35 años en dichas áreas o se trate de vivienda asequible, incentivada o protegida, arrendada a la Administración pública o entidades del tercer sector o de la economía social que tengan la condición de entidades sin fines lucrativos, o acogida a algún programa público de vivienda que limite la renta del alquiler.
Lo más cierto, sin embargo, es que según se están poniendo las cosas, con la Campaña de la AEAT en marcha para aflorar alquileres en negro es (dirigida a 661.000 propietarios) y frente a una exención tarifa plana sin requisitos, todos los condicionantes exigidos por la nueva norma no solo no incentivarán el alquiler formal de vivienda sino que lo restringirán en espera de tiempos mejores ya que pensar ahora en cambiar los contratos, reducir las rentas o hacer inversiones me parece ilógico, por lo que una gran mayoría verá reducida un 10% la exención de la que ya disfrutaba, pagará más y estará menos de acuerdo con arrimar el hombro.
