El gobierno vuelve a utilizar a las instituciones con fines políticos. El Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, conocido comisario político del PSOE, presentó ayer un recurso de amparo ante el TC contra la medida cautelar, acordada por el TS, que suspendía el derecho al voto de los nacionalizados por la llamada ‘Ley de Nietos’ (DA8ª de la Ley de Memora Democrática más la instrucción del Ministerio de Justicia que ampliaba los supuestos contemplados en dicha ley). Al TC le solicitan medidas cautelarísimas para que las 163.020 personas ‘beneficiadas’ por dicha ‘Ley de Nietos’ –que, recuerden, nunca han vivido ni tributado en España– puedan votar el próximo 29-N.
Primero tiró de la Abogacía del Estado y después de la Fiscalía del Estado. Sus acciones fueron infructuosas porque el TS decidió que primaba el interés general a un censo y a unas elecciones limpias, que el potencial interés particular al voto de unos nacionalizados que viven en el extranjero. Esa decisión no prejuzgaba el fondo del asunto. Solo protegía la limpieza de las Generales del 29-N de votos que podrían luego declararse nulos. Algo de cajón para cualquiera con dos dedos de frente. Sin embargo, el gobierno está desesperado para que esos votos entren en el censo y aprovecha la legitimidad que al Defensor del Pueblo le brindan los Arts. 162.1 CE y 46.1 LOTC para solicitar este amparo con cautelarísimas ante el TC. La pregunta que me viene a la cabeza es la siguiente: ¿cómo puede tener el gobierno la convicción de que todos esos votos serán para ellos para ponerse tan pesado con este tema y no esperar a la sentencia sobre el fondo del TS?
Está claro que si no supieses que son para ti al 99% no te pondrías tan pesado. Entonces, por la Teoría de la Opinión Contraria, tenemos razonablemente que pensar que la ‘Ley de Nietos’ es una maniobra muy sucia para sacar ventaja electoral metiendo en el censo a votantes que no solo no deberían votar en España por su inexistente vinculación, sino que son de un determinado sesgo político que determina el sentido de su voto en una única dirección: el PSOE.
La Junta Electoral Central (JEC) ordenó esta semana remitir la documentación de los 2,7M de personas inscritas en el voto CERA para intentar hacer valer el mandato cautelar del TS: mantener el voto CERA de los nacionalizados por la ‘Ley de Nietos’ que acrediten que descienden de un español que sufrió exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación e identidad sexual –que es lo que dice la ley– y excluir a los incluidos después por la Instrucción del Ministerio de Justicia que ampliaba la nacionalizados a todos los que hubieran salido de España en un determinado periodo al margen de las razones de dicha salida. Sobre éstos últimos planea la posibilidad de que se trate de nacionalizaciones masivas en fraude de ley y por razones ideológicas.
El gobierno juega al despiste y asegura que no dispone de herramientas para discriminar a unos y otros y purgar el censo para dejarlo limpio de trucos. Los Consulados, que fueron los encargados de realizar esos trámites, señalan la «imposibilidad para determinar a través de las herramientas informáticas disponibles la vía de adquisición de la nacionalidad española al amparo de la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática» y que «en el Registro de Matrícula Consular (RMC), que es a través del que se da de alta a los residentes en el CERA, no existe referencia a la vía por la que se consiguió la nacionalidad española. Tampoco la hay en el CERA, del que se forma parte por ostentar la nacionalidad española y por estar residiendo en el exterior», refiriendo que, «para conocer la vía por la que se adquirió la nacionalidad española, se debe analizar individualmente cada uno de los expedientes».
Sin embargo, el Ministerio de Asuntos Exteriores dispone de estadísticas detalladas sobre los expedientes de nacionalidad tramitados al amparo de la conocida como Ley de Nietos siguiendo la información que mensualmente le remiten los Consulados. Así, a 31.08.26, había un total de 168.896 nacionalidades concedidas al amparo del Anexo I de la DA8ª que serían los suspendidos de voto por el TS. A éstos se le suman 1.090 concedidas por el Anexo II; 195.872 por el Anexo III y 3.159 por el Anexo IV. En total, 369.017 nacionalidades ya concedidas. Por otra parte, existen 231.667 expedientes aprobados pendientes de inscripción en el Registro Civil y otros 644.152 expedientes pendientes de resolver por esos cuatro apartados. A todos estos expedientes se sumarán «algo más de 1,1 millones de solicitudes pendientes de recibir» de personas que cuentan con un justificante que acredita que cursaron dicha petición dentro del plazo previsto por la DA8ª de la Ley de Memoria Democrática. La ‘Ley de Primos’ –porque hay que ser muy primo para permitir esto– quiere meter de matute en el censo más de 2M de votos de personas que no tienen nada que ver con España. ¡Viva la democracia!
