Tras el anuncio de la UE de permitir a las tecnológicas monitorizar las comunicaciones privadas bajo el pretexto de combatir la pedofilia se ha puesto en marcha –si no lo estaba ya- una peligrosísima maquinaria que conculca todos los derechos civiles al menos en España y es que, rápidamente, tanto GOOGLE como APPLE han confirmado que van a escanear de forma automática las imágenes que se suban a la nube ora al Google Drive ora al iCloud desde los iPhones y los iPads en busca, supuestamente, de esos contenidos pedófilos (CSAM, en su acrónimo original: “child sexual abuse material”).
Para ello, el Parlamento de la UE ha aprobado la suspensión temporal de la Directiva sobre la Privacidad Online para que las tecnológicas y operadoras de telecomunicaciones tengan el paraguas legal necesario para espiar todas las comunicaciones hasta ahora privadas con el pretexto de combatir la difusión de pornografía infantil siguiendo, a su decir, lo que ya está haciendo en USA el Centro Nacional para Menores Desaparecidos y Explotados (NCMEC) que hace tiempo que tiene la cooperación de las tecnológicas para perseguir a los pedófilos.
APPLE, que también monitorizará las comunicaciones realizadas por menores en su aplicación Messages, ha tratado de explicar que su método para «vigilar contenidos» interfiere poco en la privacidad de los usuarios ya que esa foto tomada y subida al iCloud cruza automáticamente su hash (una especie de matrícula de los archivos comprimidos) con una lista de contenidos identificados como pedófilos y si salta una coincidencia un empleado revisará los archivos para comprobar si son o no censurables. En caso afirmativo, se suspendería la cuenta de Apple del usuario y se avisaría a las autoridades. Esta nueva política de APPLE choca con su anterior política de respeto a la privacidad de sus clientes -que hasta ahora esgrimía como importante diferenciación respecto de su competencia- por la que llegó a negarse a peticiones del FBI para intervenir los iPhone en 2016 y en 2020, entonces bajo pretexto de terrorismo, e incluso por la que, hace unos meses, introdujo una modificación en el iOS para que las aplicaciones que quieran rastrear al usuario tengan que pedirle antes permiso.
Las razones que han llevado a APPLE a este giro de 180 grados las saben sólo ellos, pero lo más cierto es que tal intromisión en la vida privada de la práctica totalidad de los ciudadanos resulta contraria tanto a los Principios de la UE como a la Constitución Española y más con un pretexto como la pornografía infantil y la pedofilia que afectan a un porcentaje ínfimo de la población y que pueden ser perseguidos, con garantías legales y de manera mucho más eficaz, con otros métodos: por ejemplo (i) al tratarse de una comunidad muy pequeña e interrelacionada será más efectivo tirar del hilo de los ya detenidos que no son pocos y (ii) protegiendo de manera especial y contundente el ámbito donde se desenvuelven esos menores (familias y colegios, fundamentalmente).
Finalmente, abrir esta puerta legal a la revisión de contenidos privados en los teléfonos para detectar a potenciales criminales, no sólo corre el peligro claro de que pronto se extienda a otros ámbitos y objetivos bajo cualquier tipo de pretexto (p.e. el medioambiente) sino que crea dos conflictos jurídicos relevantes: (i) resulta contrario a los principios penales y a las garantías que este orden impone rechazando los registros prospectivos y no autorizados por un juez para un fin determinado por lo que la consecución de pruebas bajo los presupuestos ahora autorizados por la UE considero que supondría la nulidad de actuaciones de los futuros procesos penales y (ii) resulta absolutamente contrario a nuestra Constitución por lo que el Tribunal Constitucional debiera haber tomado ya cartas en el asunto siguiendo su reciente jurisprudencia interpretando la primacía del Derecho de la UE (STC 215/2014 de 18 de diciembre y STC 232/2015 de 5 de noviembre) porque en la misma se destaca como esa cesión de soberanía y de limitación de las facultades del Estado sólo resulta aceptable en tanto en cuanto el Derecho de la UE sea compatible con los principios fundamentales del Estado social y democrático de Derecho establecido por la Constitución.
En definitiva, que nos encontramos ante un asunto muy peligroso que debe encender todas las alertas en defensa de nuestros derechos civiles rechazando que se limite en cualquier grado la encriptación de extremo a extremo en las comunicaciones particulares, haciendo que cualquier usuario sea vulnerable a la censura y a la vigilancia externas, y se recupere la obligación de que un juez sea el que tenga que autorizar, siempre con base, dichas investigaciones.
