El TS aclara que los contribuyentes pueden seguir impugnando el IIVTNU, esto es, la plusvalía municipal, siempre que la fundamentación de su reclamación no se base en la STC de 26.10.2021. La aclaración del TS parte de que la referida STC anuló únicamente el método de cálculo de dicha plusvalía municipal, cerrando el paso (i) a las personas físicas o jurídicas que ya hubieran obtenido antes de dicha STC una resolución administrativa firme o una sentencia firme sobre dicho asunto, y (ii) a las personas que, a fecha de dicha STC, hubieran pagado la liquidación o la autoliquidación del IIVTNU y no la hubieran impugnado o rectificado antes del 26.10.2021, siempre y cuando basaran su reclamación en el supuesto que contemplaba dicha STC.
El resto de contribuyentes que hayan abonado el IIVTNU y estén en plazo para reclamar podrán hacerlo siguiendo esta nueva STS de 23.02.2026 que concluye que «sí cabe, sin embargo, solicitar la devolución con fundamento distinto a la declaración de inconstitucionalidad en ella contenida«, en referencia a la STC de 26.10.2021. Es decir, que quienes consideren que no se da el hecho imponible del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, fundamentalmente que no existe incremento de valor gravable o que han pagado una cantidad excesiva, podrán seguir impugnando su liquidación o autoliquidación tanto en vía administrativa como contenciosa argumentando lo que a su derecho convenga siempre y cuando «se basen en motivos distintos a la declaración de inconstitucionalidad efectuada por la sentencia del Tribunal Constitucional del 26 de octubre de 2021«.
En definitiva, el TS vuelve a abrir el melón de la plusvalía municipal “por cualquier otro motivo de impugnación distinto al conducente a la declaración de inconstitucionalidad” del fallo del TC del 2021 que solo hacía referencia al ‘método de cálculo’ sin entrar a valorar ninguna otra alegación, motivo por el que ahora el TS lo pone de manifiesto. Un asunto a seguir, sin duda.
