El Ministerio del Interior ha publicado que las denuncias por ‘okupación’ de inmuebles en España se han incrementado un 40,9% en cuatro años, pasando de los 10.376 casos de 2015 a los 14.621 contabilizados en 2019. Se trata, pues, de un problema de verdad, grave y creciente en el que se tratan de confundir dos derechos reconocidos constitucionalmente pero muy distintos: el Derecho a la Propiedad (33 CE) que es un derecho subjetivo y que incluso ha sido reconocido como Derecho Humano (Art. 17 de la Declaración Universal de Derechos Humanos), del Derecho a la Vivienda (47 CE) que es un derecho social, no subjetivo, esto es, un principio rector de los Poderes Públicos para que definan y ejecuten las políticas necesarias para hacerlo efectivo. La ‘okupación’, por tanto, ataca a la Propiedad y a la Libertad de las personas y, por lo tanto, a la Seguridad Jurídica, y por eso despierta una verdadera alarma social.
La respuesta por parte del sistema jurídico depende de una cualidad del inmueble ‘okupado’. Depende, en primer lugar, de que ese inmueble constituya el domicilio-morada de una persona, porque entonces estaremos ante un delito de allanamiento de morada del 202 CP (“El particular que, sin habitar en ella, entrare en morada ajena o se mantuviere en la misma contra la voluntad de su morador, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años”) que dará lugar al desalojo por las fuerzas de seguridad porque el domicilio es inviolable y está protegido en el 18 CE. Así, una entrada sin consentimiento en el mismo constituye siempre un delito flagrante penado con prisión. En este caso, el bien jurídico protegido es el derecho a la vivienda y a la intimidad del hogar. En segundo lugar, cuando ese inmueble no constituye el domicilio-morada-vivienda habitual de nadie, tendremos un problema porque entonces estaremos ante un delito leve de usurpación del 245.2 CP (“El que ocupare, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses”) cuyo desalojo sólo se podrá ejecutar con la preceptiva orden judicial y la pena prevista será de multa (sin perjuicio de perseguir después los daños y perjuicios). Aquí, el bien jurídico protegido es el derecho a la propiedad. Por eso, en este segundo caso, los ‘okupas’ simulan algún título posesorio dando pie a un procedimiento, penal o civil, en el que habrá de verificarse tanto su virtualidad como el mejor derecho, demorando el desalojo durante meses. La dejación del Estado en la protección de los derechos y libertades individuales en este caso es clara como lo prueba el nacimiento de muchas empresas de ‘desokupación’ que generan la siguiente pregunta: ¿entonces, para qué pago impuestos?
Los partidos políticos –nuestra querida PPSOE-, aparte de soslayar el problema, pretenden solucionar este problema social y público interfiriendo en las relaciones privadas generando un daño a los propietarios que ven su Derecho de Propiedad unas veces limitado y otras directamente vulnerado. Nunca se podrá generar con éxito una política social de vivienda con medios que no son públicos y a costa de los propietarios. Las limitaciones al alquiler, las trabas a los desahucios y a los desalojos de ‘okupas’, nunca resolverán el problema de la vivienda que necesita de políticas y dinero público para resolverse sin atacar al resto de ciudadanos. Sin una adecuada protección de los derechos privados y de la seguridad jurídica, el mercado de la vivienda se cerrará encareciendo el alquiler y castigando, como siempre, a las personas con menores recursos. Y eso sin entrar en la inversión que también brillará por su ausencia.
En definitiva, lo que España necesita, además de optimizar sus políticas sociales focalizándolas en lo que realmente importa, es una reforma de las leyes de enjuiciamiento que agilicen este tipo de procedimientos reconociendo el Derecho de Propiedad al momento y lanzando al que no tenga una prueba fehaciente que autorice esa posesión del inmueble contra el legítimo propietario que, para más inri, es el que financia este sistema pagando unos impuestos que gravitan, en una parte importante, sobre los bienes raíces. Fórmulas hay muchas (desde un procedimiento sumario en sede policial, pasando por un registro público de contratos de alquiler…), pero lo importante es que la PPSOE se decida a proteger a los ciudadanos de los chorizos. Acuérdense cuando vayan a votar y dejen de quejarse.