A estas alturas está bastante claro que la futura ley de amnistía –esa que aprobarán en el exclusivo interés de Sánchez y de sus socios ‘indepes’- tendrá que pasar más pronto que tarde el doble rubicón del TC y del TJUE. Ahí es donde se la juega. Y ahí es donde le duele al ‘Lawfare’ con el que los ‘progresistas’ quieren empezar a controlar el relato contra unos jueces y tribunales que, si aplican la Ley, tendrán que invalidar sí o sí la futura ley de amnistía porque, sencillamente, no cabe dentro de nuestra Constitución. Y ahí acabará la XV Legislatura.
La propuesta de ley de amnistía es una ‘ley singular’ para la que la Jurisprudencia del TC exige tanto un uso restrictivo y excepcional -porque desnaturaliza la generalidad que debe observar la Ley- y una motivación especial y específica que justifique su razón de ser y, sobre todo, su encaje en el Ordenamiento Jurídico, especialmente, con los Derechos Fundamentales protegidos por la Constitución. El proyecto presentado en el Congreso por el PSOE se dirige a conceder la amnistía a unas personas inconcretas que supuestamente han intervenido en el llamado ‘conflicto catalán’, por unos hechos inconcretos que pudieran constituir algún tipo de ilícito penal o administrativo, durante un tiempo aparentemente concreto (desde el 2012 al 2023) e incluye lo de las ‘comisiones parlamentarias para controlar el lawfare’ con las que intentan amedrentar a los jueces desde ya.
La Constitución no es un adorno colocado en la cúspide del Ordenamiento Jurídico, sino que inspira y limita al Poder Legislativo que, de lo contrario, tendría un poder omnímodo. En este sentido, el Principio de Separación de Poderes hace que el ejercicio de la potestad jurisdiccional, es decir, juzgar y ejecutar lo juzgado, le corresponda en exclusiva a los Juzgados y Tribunales (117 CE). La Constitución Española del 78 no contempla la institución de la amnistía, precisamente porque supondría una peligrosa injerencia del Poder Legislativo en el Poder Judicial, alterando las exigencias de separación de poderes, de seguridad jurídica y de igualdad. El Parlamento -depositario, que no dueño, de la soberanía nacional- no puede alterar por tanto las sentencias dictadas por los Juzgados y Tribunales declarando su nulidad, cualquiera que sea su motivación. Justificarlo en que se hace para cerrarle el paso a la ultraderecha choca frontalmente además con la declaración de pluralismo político contenida en el 1.1 CE (“España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político”).
No existe justificación para la amnistía propuesta. Su instauración, si llegara a ser definitiva, daría al traste definitivamente con un Estado de Derecho muy debilitado ya por las muchas maniobras en su contra de la PPSOE que, no obstante, siempre contaron con el silencio culpable de un Poder Judicial que ahora chilla al ver poner sus barbas a remojar con el ‘lawfare’. De aquellos polvos, estos lodos. Nada puede amparar lo que está realmente detrás de la amnistía: el precio político para que unos políticos puedan quedar exentos de responsabilidad por sus actos contrarios a la Ley y al Orden Público, a cambio de que otros políticos puedan retener el Poder a escala nacional. Esta es la papeleta que tiene el TC y la que tendrá también el TJUE. No es una cuestión baladí porque si el TC da de alta la constitucionalidad de la amnistía, estará paralelamente dando de baja a la propia Constitución del 78 y a su propio papel como máximo intérprete de la misma.
Nadie espera un pronunciamiento del TC fundado en Derecho porque todo el mundo sabe que está en manos de la misma PPSOE que promueve la amnistía. Lo más sensato será fiarlo todo al TJUE. ¿Qué juez español le pondrá el cascabel al gato planteando las oportunas cuestiones ante el TC y ante el TJUE? ¿Todavía quedan jueces en Madrid? Lo comprobaremos en 2024. Se trata de un tema de radical importancia porque afecta a la línea de flotación del Estado de Derecho tanto español como europeo. Si el TJUE soslaya la aplicación directa de los principios consagrados en el TFUE que incluyen la separación de poderes y la igualdad -a pesar de quedar fuera del lawfare español- no dudo de que varios Estados Miembros querrán también deslizarse por el tobogán del autoritarismo.
¡Todo al rojo! ¡Ne va plus! No se pierdan el resultado de esta gran apuesta.
