La investigación preprocesal abierta contra Julio Iglesias en la AN se cierra abruptamente antes de que el ridículo se lleve a alguien por delante cuando todavía resuena el ‘Caso del FGE’. Solo han sacado unos de días de tregua para el desastroso gobierno de Sánchez –va a hacer buenos a Felipe González y a ZP—pero le han dado en el tafanario a un rival político con una noticia escandalosa creada ad hoc por un medio afín como es eldiario.es de Ignacio Escolar y le han metido miedo al personal con el linchamiento mediático, confirmando que los bulos solo pueden venir del gobierno porque es quién controla a los grandes medios a golpe de subvención.
La decisión de la teniente fiscal de la AN, Marta Durántez, de impedir la personación del cantante –tenemos Venezuela a la vuelta de la esquina—no solo vulnera el derecho fundamental de defensa del 24 CE, sino que va contra la moderna Doctrina del TJUE (ver STJUE de 12.03.2020, Sentencia VW, Asunto C-659/18) donde analizando el alcance del derecho a la asistencia letrada de los investigados a la luz de la Directiva 2013/48/UE, relativa al derecho de acceso del abogado en los procesos penales, incluso en aquellos donde todavía no ha comparecido personalmente por tratarse de investigaciones preprocesales no judicializadas, que señala que no puede quedar supeditado, sin más, a la comparecencia personal del investigado, especialmente cuando no está en paradero desconocido ni huido de la Justicia, sino simplemente fuera del territorio nacional. Privar del acceso a las actuaciones, ora al investigado ora a su abogado, vinculándolo a la presencia física, vulnera los derechos fundamentales reconocidos por el Derecho de la UE.
Una Doctrina que modificó la práctica judicial española de restringir parcialmente al investigado su derecho de defensa hasta comparecer físicamente ante el juez. La LECrim exige su intervención en la fase de instrucción y le impone comparecer cuando sea citado. No obstante, no precisa que deba hacerlo necesariamente de forma presencial, ni distingue entre el investigado rebelde y aquel que reside en el extranjero por motivos legítimos. Restricciones que no tienen lógica, ni respetan los derechos fundamentales, ni cumplen con el Derecho de la Unión. En este sentido, la defensa de Julio Iglesias, ante la denegación a personarse en una investigación tan mediática como incriminatoria, denunció la vulneración de sus derechos fundamentales y anunció el amparo ante el TC. En ese momento, el MF dio un giro copernicano y archivó las diligencias por falta de jurisdicción con un Decreto donde ahora reconoce «la falta de jurisdicción y, por lo tanto, la falta de competencia de la Fiscalía de la Audiencia Nacional», siguiendo la Doctrina del TS, para investigar delitos cometidos en el extranjero cuando no concurren nexos relevantes con nuestro país, especialmente cuando las víctimas son extranjeras y los autores no se encuentran en España. En el caso analizado, la presunta comisión del delito se situaba fuera de nuestro territorio y las supuestas víctimas «ni residen en España ni viajaron con el denunciado en algún momento», amén de que ni siquiera se presentó denuncia ante los tribunales españoles. Un cuadro como el de Borja.
La evidente falta de competencia, sin embargo, no impidió que el MF abriera la investigación de marras al calor del montaje de eldiario.es con una investigación periodística de varios años bajo el brazo. Un montaje tan vil que genera el suficiente hartazgo en la víctima como para que no quiera perseguir ni a la falsa fiscal ni al falso periodista (esperemos que les meta una demanda por daños y perjuicios millonaria que, como poco, les haga pasar unos meses delicados). ¡Estamos como para confiar la instrucción de las causas penales al MF! Un auténtico Estado de Derecho es incompatible con estas actuaciones. Un auténtico Estado de Derecho es incompatible con que el MF instruya las causas penales. Un auténtico Estado de Derecho perseguiría de oficio a la fiscal Marta Durántez y al periodista Ignacio Escolar por su falsedad e impostura, amén de un por clarísimo delito contra el honor. Deja de votar a la PPSOE si no quieres que algo así te pueda pasar a ti. De lo contrario, prepárate porque ya sabes que cuándo veas las barbas de tú vecino pelar, pon las tuyas a remojar.
