En nuestro falso estado de derecho, los contratos del estado español valen lo que digan que valen los del gobierno de turno de la PPSOE. Sin embargo, fuera de España existe algo que se llama Derecho Internacional que ve las cosas de otra manera. El estado español lleva años batallando judicialmente para evitar el pago de las indemnizaciones derivadas del recorte retroactivo de las primas a las energías renovables recogidas en los contratos de instalación de las plantas correspondientes. Unos litigios perdidos en las cortes arbitrales internacionales que ahora saltan al a la jurisdicción ordinaria y que colocan a España –a todos nosotros– a la cabeza del ranking mundial de laudos arbitrales pendientes de pago, por delante incluso de países como Venezuela o Rusia.
En este contexto, llega la resolución del Tribunal Supremo de los EEUU que rechaza estudiar el recurso presentado por España y facilita la firmeza de la sentencia del Tribunal de Apelaciones del Circuito de Columbia, despejando el camino para que los acreedores continúen con los procedimientos de ejecución de esas indemnizaciones en territorio estadounidense. Esta resolución supone el fracaso definitivo de la estrategia del gobierno español para bloquear el reconocimiento de esos laudos en EEUU, alegando falta de jurisdicción de los Tribunales Federales americanos para conocer esos asuntos y cuestionando la aplicación de la denominada ‘excepción arbitral’ contemplada en la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras (FSIA). Frente a la misma y manejando el mismo cuerpo legal, el Solicitor General de los EEUU recomendó al Tribunal Supremo de los EEUU rechazar la petición española porque los laudos arbitrales firmes están para cumplirse.
Los inversores afectados por esos cambios regulatorios, aprobados en España hace más de 10 años, podrán ahora seguir avanzando en la identificación y el eventual embargo de activos españoles susceptibles de ejecución dentro de la jurisdicción estadounidense en la que ya hay sentencias en fase de ejecución por 700M€. La derrota en USA se suma a la derrota ante el Tribunal Supremo de UK, que también rechazó ese tipo de argumentos, para reafirmar su interpretación favorable al incumplimiento de los laudos internacionales.
Esas derrotas, que se suman a las cosechadas en otras jurisdicciones como Bélgica, Australia, Singapur y Países Bajos, no solo van a disparar los procedimientos ejecutivos contra España, que se queda sola defendiendo una interpretación contraria a los principios de seguridad jurídica y de cumplimiento efectivo de los laudos arbitrales, sino que van a penalizar mucho las inversiones internacionales en el futuro.
