El Tribunal Supremo en una Sentencia de 17.06.2020 ha precisado la interpretación correcta del Art. 11.3 LIS recordando la necesaria aplicación del principio de correlación de ingresos y gastos.
En el caso analizado una promotora contabilizó los ingresos a medida que los clientes le realizaban anticipos provocando un efecto de adelantamiento de ingresos en el tiempo siguiendo el 11.3 LIS empero imputaba al mismo tiempo los gastos relacionados con dichos ingresos siguiendo el principio de correlación de ingresos y gastos provocando un correlativo efecto de adelantamiento de los gastos. La Inspección de la AEAT pretendía negarle este último paso por lo que el TS ha tenido que terciar precisando que el principio de devengo es la regla general y el 11.3 LIS la excepción ya que introduce una regla en defensa de la Hacienda Pública pero que la misma no puede usar exclusivamente en su beneficio.
La regla del 11.3 LIS permite, por excepción, la aplicación de un principio diferente al del devengo cuando no se lesionen los intereses de la Hacienda Pública pero el TS exige que no se interprete de una forma literal y aislada, sino que la regla que contiene debe aplicarse por igual tanto a los ingresos como a los gastos para obtener la verdadera renta gravable obtenida por la sociedad. La Inspección -para variar- pretendía aplicar, sobre la base del mismo artículo, dos criterios diferentes, uno para los ingresos y otro para los gastos, distorsionando con ello el resultado contable para determinar un mayor ingreso fiscal para la Hacienda Pública que lesionaba la capacidad económica de la promotora.
Por ello, el TS rechaza que la AEAT pueda imputar temporalmente los gastos contabilizados según el criterio del devengo y, paralelamente, no haga lo mismo con los ingresos contabilizados anticipadamente a su devengo, a los que aplica el criterio de caja. El TS recuerda que el principio de correlación de ingresos y gastos, contenido en el 11.1 LIS, está por encima de la regla especial del 11.3 LIS, cuando no cabe apreciar una conducta defraudadora en el contribuyente.
La correcta aplicación del principio de correlación de ingresos y gastos del 11.1 LIS, siguiendo la doctrina del TS a partir de la sentencia comentada, puede influir en las regularizaciones del IS realizadas por la AEAT sobre la base del 11.3 LIS en las que se compromete la capacidad económica real de muchas sociedades que ahora tendrán una base sólida para combatir esos abusos.
