La Justicia suiza ha decidido preventivamente obviar la euroorden cursada por el Juzgado de Instrucción Nº 2 de Pozuelo de Alarcón (Madrid) que investiga la sustracción y el secuestro de dos menores por parte de su madre, Verónica Saldaña, que huyó hace un año a Suiza con los mismos (dos mellizos de ocho años) con los que ha permanecido en busca y captura hasta hace 10 días, cuando la Policía suiza, siguiendo dicha euroorden, la localizó en Boudry, una localidad suiza a 14 kilómetros de la frontera con Francia, y liberó a los menores para depositarlos en un Centro de Acogida de la provincia de Neuchâtel.
La policía española cree que esta mujer está utilizando denuncias instrumentales de abusos (sin pruebas de ningún tipo llegando a acusar también a otros jueces que no le dieron la razón) para mantener a los niños alejados del padre, José Manuel Ortiz, empero la Justicia suiza, tras esa primera intervención, ha decidido que, por el momento, los menores vuelvan junto a su madre, tras realizar una especie de juicio paralelo en un caso del que apenas tiene información. La Autoridad de Protección del Niño y el Adulto de Suiza, que es en realidad el Tribunal des Montagnes et du Val-de-Ruz, en la localidad de La Chaux-de-Fonds, sostiene que no le vincula lo que la Justicia española haya dicho hasta el momento y no ve motivos para alejar a la madre de los hijos porque la situación legal de los pleitos entre los padres en España es «confusa». Para este tribunal suizo, el hecho de que la madre impida al padre ver a los hijos no es motivo para que estos permanezcan en un centro de acogida y ha encargado lo que en España sería un informe psicosocial urgente para valorar la situación de los menores, solicitando al padre que se persone en la causa para conocer sus motivaciones, ya que da por hecho que no se ha activado el mecanismo del Convenio de La Haya para las sustracciones internacionales de menores que habría obligado a la devolución directa de esos menores a España por lo que entiende que la competencia para conocer el caso es de los Tribunales suizos.
El Juzgado de Instrucción Nº 2 de Pozuelo, por su parte, va a comunicar a su homologo suizo que, en España, la custodia de los menores era en exclusiva del padre para forzar su devolución a España mientras el padre está buscando abogado en Suiza para participar en el juicio paralelo abierto allí mientras la mujer alega tener ya pareja en Suiza y un arraigo allí para justificar que le devuelvan la custodia de los menores.
Resulta increíble el cachondeo existente con las euroórdenes (ver la entrada “La reforma de la euroorden de detención toma forma”) mientras no se apruebe el reconocimiento mutuo de decisiones tomadas por un Estado Miembro para que funcione de manera automática, eliminando el principio de doble tipificación que permite situaciones como ésta en la que siendo todos los participantes de nacionalidad española y estando el lugar de la comisión del delito radicado es España, nos encontramos con que un Tribunal Suizo se arroga la competencia para conocer del asunto. Ya es hora de que el Parlamento Europeo se ponga las pilas para reformar definitivamente el funcionamiento de estas euroórdenes y de que la Comisión Europea sancione a cualquier Estado que nos las cumpla.