El TC acaba de tumbar el ‘Decreto Montoro’ de 2016, bautizado así por el nombre del entonces ministro de Hacienda y Función Pública del PP, Cristóbal Montoro, que modificó diferentes reglas del Impuesto de Sociedades (IS) para aumentar la recaudación con la excusa de la crisis económica. Resolviendo un recurso de GLOBALIA, el TC declara por unanimidad –aunque Juan Carlos Campo se apartó por participar en la aprobación parlamentaria- la inconstitucionalidad de dicha reforma. No obstante, como acostumbra –es lo que tiene estar al servicio de la PPSOE- rechaza que la AEAT tenga que devolver lo cobrado de más. ¡Viva la Justicia Corporativa!
En consecuencia, las responsabilidades económicas de ese decreto inconstitucional quedan limitadas a aquellas empresas que hayan mantenido vivas las reclamaciones contras las liquidaciones por el IS desde 2016 como ha hecho el recurrente principal: GLOBALIA. La STC nace de una cuestión de inconstitucionalidad presentada por la AN que tenía dudas sobre la aplicación de la mayor presión fiscal que implicaba ese ‘Decreto Montoro’ cuya única motivación y objetivo era cuadrar las cuentas públicas por la presión de la UE. Los ajustes en el IS se concentraron en tres puntos: (i) en la reversión automática de los deterioros de valor de las participaciones; (ii) en una mayor limitación a la hora de compensar las BIN para las entidades o grupos fiscales con una cifra de negocios superior a 20M€, y (iii) en una mayor limitación a la hora de practicar las deducciones por doble imposición. GLOBALIA sostenía que el ‘Decreto Montoro’ cambiaba las reglas de juego del IS a medio partido y resultaba inconstitucional tanto por tratarse de un real decreto-ley sin urgente necesidad -aunque fuera luego convalidado por la mayoría pepera en el Congreso- como por vulnerar el principio de capacidad económica, al gravar rentas ficticias.
Para GLOBALIA, el holding de la familia Hidalgo dedicado al transporte y al turismo, el ‘Decreto Montoro’ le supuso un ajuste fiscal de 4,7M€: 1M€ por la limitación a la hora de compensar BIN; otros 1,4M€ por la limitación a la hora de aplicar las deducciones por doble imposición, y otros 2,3M€ por la reversión automática de deterioros. Esta fue la única motivación del Sr. Montoro y del PP (esos que siempre vienen a rebajar impuestos y que acaban haciendo lo mismo o peor que el PSOE). Y de ahí también la vía de la urgente necesidad del RDL porque querían la pasta ya. Y la obtuvieron. Recaudaron un extra de miles de millones de euros desde entonces (se estima que solo en el 2016 obtuvieron 4.500M€ de recaudación extra).
En definitiva, que el TC capitaneado por Conde-Pumpido vuelve a acertar declarando nulo ese real decreto-ley de Montoro, empero lo hace a medias al limitar sus consecuencias (como lo ha hecho con los Estados de Alarma, con la Plusvalía Municipal, etc…) al evitar al ladrón, a la AEAT, tener que correr con la responsabilidad de devolver todo lo recaudado de más en virtud de ese RDL declarado inconstitucional. Condena al ladrón, pero le exime de la responsabilidad civil de devolver lo robado, haciendo bueno el dicho de que en España el robo está penado, pero el producto del robo es sagrado. Lo dicho: ¡Viva la Justicia Corporativa! ¡Viva la PPSOE que nos roba sin tiros!