A principios de este 2024 nos hacíamos eco de la STC (ver la entrada ¡Viva la Justicia Corporativa!) con la que Conde-Pumpido acertaba al declarar nulo e inconstitucional el RDL de Montoro sobre el IS, empero limitando sus consecuencias (como había hecho también con los Estados de Alarma, con la Plusvalía Municipal, etc…). El TC trataba de evitar a la AEAT tener que devolver todo lo recaudado de más en virtud de la modificación del IS, operada por dicho ‘RDL Montoro’, que supuso un ajuste fiscal al alza para las empresas al limitar (i) la reversión automática de los deterioros de valor de las participaciones; (ii) la compensación de las BIN en las entidades o grupos fiscales con una cifra de negocios superior a 20M€, y (iii) las deducciones por doble imposición. Sin embargo, ahora, el secretario de Estado de Hacienda, Jesús Gascón, cuantifica en 30.000M€ la cantidad a devolver a las grandes empresas por la anulación, por el TC, de esa subida del IS perpetrada por Montoro.
El ministerio de Hacienda ha reaccionado incluyendo una enmienda del Grupo Socialista al proyecto de ley en el que se quiere transformar el ‘Decreto Anticrisis’ aprobado en el Senado in extremis, el 11 de enero, para darle «efectos para los periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2024» y restablecer en el mismo esos límites de las BIN declarados nulos por el TC y extender a 2024 el límite del 50% que estaba previsto exclusivamente para 2023. Además, incluye la reversión del deterioro en 2024 que haya sido deducible antes de 2013.
La convalidación de ese RDL de Sociedades, de diciembre de 2016, fue aprobada por el PP y el PSOE que votaron para que no se tramitara como proyecto de ley evitando, así, enmiendas problemáticas. Estamos, con todo, ante una de las STC más costosas de la historia para la Hacienda Pública, por eso el propio TC trató de limitar sus efectos, aunque aquí la situación es diferente porque la mayor parte de los afectados tienen recurrida esta subida. Estamos hablando de grandes empresas y grupos, bien asesorados y acostumbrados a impugnar las resoluciones de la AEAT.
El TC tumbó el pasado 18 de enero el Real Decreto-Ley 3/2016 que señalaba topes más severos para la compensación de las BIN; la introducción ex novo de un límite para aplicación de las deducciones por doble imposición, así como la obligación de integrar automáticamente en la BI los deterioros de participaciones que hayan sido deducidos en ejercicios anteriores, obligando a revertir los ajustes practicados, por quintas partes, en las siguientes cinco declaraciones del IS, esto es, a pagar más por las pérdidas pasadas.
Solo en lo tocante a las BIN, estamos hablando de BI por 230.000M€ de empresas que facturan más de 60M€/año (que solo pudieron entonces compensar el 25% de sus BIN y ahora podrán hacerlo al 70%), lo que supone unos 46.000M€ en BIN, que ahora podrán deducirse durante décadas, que se traduce, tomando el 20% como tipo efectivo medio del IS, en 10.000M€ en cuotas.
La AEAT, dentro de esta corriente por influir en los jueces, señala ahora en una nota sobre la STC que, en las inspecciones en curso o las que se inicien a partir de ahora, no deberán tenerse en cuenta los artículos declarados inconstitucionales por dicha STC, aunque se hubiera alegado esa inconstitucionalidad. Un intento calificado de espurio por todos los profesionales del sector.
