El Tribunal Supremo acaba de dictar las primeras sentencias sobre el índice IRPH tras los pronunciamientos del TJUE, facilitando unos parámetros orientativos para realizar los necesarios controles de transparencia y de abusividad.
El Pleno de la Sala I del TS ha dictado dos sentencias donde analiza la validez de la cláusula de intereses remuneratorios referenciados al IRPH, contenida en préstamos hipotecarios suscritos por consumidores, a la luz de las SSTJUE de 13 de julio de 2023 (C-265/22) y 12 de diciembre de 2024 (C-300/23).
La Sala advierte que no cabe dar una solución unívoca sobre el carácter transparente y la abusividad de esta cláusula, pues su validez dependerá de las concretas circunstancias de cada préstamo y de cada litigio, en función de los hechos que queden probados en el mismo.
Los parámetros orientativos para realizar, en primer lugar, el control de transparencia lo tienes en la STS 1590/2025 y, si no se supera, tendrás que llevar a cabo el control de abusividad de dicha cláusula con los criterios establecidos en la STS 1591/2025.
