La AP de Madrid ha confirmado la absolución de Alvise por publicar en sus RRSS fotos del exministro de Transportes, José Luis Ábalos, en varios hoteles de lujo en el extranjero, cuando estaba al frente del ministerio y en los meses posteriores a su salida del gobierno. La sentencia de 11.02.26 confirma el fallo del Juzgado de Primera Instancia Nº 86 de Madrid, de julio de 2024, imponiendo al exministro las costas judiciales. Las fotos denunciadas se tomaron en el Hotel Sofitel de Malabo, en el Iberostar de La Habana y en el Meliá de Varadero (Cuba). Por ellas, el dirigente socialista reclamaba al líder de SALF una indemnización de 20.000€ por «vulneración de sus derechos fundamentales a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen» al considerar (i) que correspondían a «actos cotidianos de su vida privada carecen de interés social» que, por tanto, «no son noticia», y (ii) que se tomaron «en espacios restringidos», como la cafetería o el restaurante del hotel.
La Sala, sin embargo, no comparte esa valoración porque «todas las fotografías se hacen en espacios públicos de los hoteles donde se alojaba el demandante, incluso alguna se toma antes de entrar al hotel, a su llegada al mismo. No puede negarse la relevancia pública del actor, como diputado del Congreso, así como exministro del Gobierno de España … por lo que no puede entenderse que las fotografías y los tuits, se refieren a actividades íntimas». Su interés público «reside, no en la actividad que desarrolla el actor en los hoteles, sino en el tipo de hoteles de alto nivel y alto coste» que frecuentaba ora como ministro ora tras dejar de serlo. «En el presente caso, las imágenes publicadas se tomaron en espacios públicos, en los que no existe restricción para el acceso de terceros, entrada del hotel, cafeterías, restaurantes, etc., de forma que no se estaban desarrollando actividades íntimas del demandante, ni reservadas a terceros».
Las magistradas, entre el derecho a la intimidad y el derecho a la libertad de información, se decantan por el segundo porque el derecho a la propia imagen «tampoco es un derecho absoluto» y caben «legítimas limitaciones a su fuerza expansiva, pese a que es un hecho incontrovertido que las fotografías se realizaron sin el consentimiento del actor». Además, la sentencia destaca que dichas imágenes «dan soporte a las críticas realizadas en los tuits, sobre la utilización de hoteles de lujo en sus desplazamientos por parte del ex ministro del Gobierno», por lo que su publicación tiene interés público al tratarse de un ex ministro del Gobierno de España y de un diputado en activo, por lo que esos «tuits contribuyen a la formación de opinión y crítica, en relación con la actividad de los políticos».
Parece que Ábalos no aprende porque es la segunda vez que Alvise tumba una demanda de estas características ya que a principios de 2025 la AP Madrid ratificó la absolución de Alvise por otra demanda por presunta intromisión ilegítima en sus derechos al honor y a la intimidad personal y familiar, por una entrevista en Vozpópuli, en junio de 2021, donde relató que había cazado al ministro «yéndose a Ibiza de copas» con «un maletín lleno de billetes de 500 €» y con la ayuda de un «guardaespaldas y portero de prostíbulo, que, por cierto, a ver si algún día nos cuenta dónde le conoció».
Está claro que Ábalos, más allá de estas demandas SLAPP fallidas, no sabe lo que es el Honor. Ni lo conoce.
