El Abogado General del TJUE avala que los acuerdos entre hipotecados y bancos para reducir o eliminar las cláusulas suelo a cambio de renunciar a la vía judicial y a recuperar lo cobrado en exceso puedan ser vinculantes siempre que el consumidor haya consentido libre e informadamente y así solicita que lo declare el TJUE en su futura sentencia sobre esta cuestión.
Las conclusiones del Abogado se refieren a un litigio entre una consumidora e IBERCAJA por la declaración de nulidad de una cláusula abusiva contenida en un contrato de subrogación de préstamo hipotecario. La consumidora pidió al Juzgado de 1ª Instancia de Teruel que declarara nula una cláusula abusiva incluida en una subrogación de préstamo hipotecario celebrado en 2011 más la restitución de las cantidades indebidamente percibidas por el banco. IBERCAJA se opuso a la declaración de nulidad de la cláusula que limitaba el tipo de interés a la baja, argumentando que había informado a la consumidora de la existencia de la misma antes de la firma del contrato y también cuando se concluyó el contrato de novación en 2014 por lo que también se negaba a restituir las cantidades percibidas en virtud de dicha cláusula.
El abogado considera que, para determinar si una cláusula se ha negociado de manera individual, se debe examinar si el consumidor ha tenido o no la posibilidad real de influir sobre su contenido. Para ello se deben analizar las circunstancias de la celebración del contrato y, en particular, el alcance del diálogo entre las partes en relación con el objeto de dicha cláusula por lo que cuando nos encontramos con una cláusula tipo redactada de antemano será el profesional el que deberá aportar la prueba de que la misma ha sido objeto de negociación.
Así las cosas, considera también abusiva la cláusula de renuncia al ejercicio de acciones judiciales que no ha sido objeto de una negociación individual salvo cuando está en un contrato que tiene por objeto resolver una controversia entre el consumidor y el profesional. Como sabemos ya las resoluciones del Abogado General del TJUE no son vinculantes para el mismo pero la Corte las sigue en un 70% de los casos. El TS tiene suspendida su propia resolución sobre esta cuestión hasta que el TJUE se pronuncie sobre los acuerdos y/o novaciones que algunos hipotecados firmaron con sus bancos para reducir o eliminar cláusulas suelo a cambio de renunciar a la vía judicial y a recuperar lo cobrado en exceso.
