De forma paralela a la Ayuda por Maternidad (1.200€/Año) se lanzó la Ayuda por Guardería (1.000€/Año) como incentivo fiscal adicional a la maternidad para aquellas familias que soportan “gastos por la custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros educativos autorizados, lo que no solo estimulará la incorporación de la mujer al mercado laboral sino que, al tenerse en cuenta tales gastos, facilitará la conciliación de la vida familiar y laboral y el acceso del hijo menor de tres años al primer ciclo de la educación infantil” (PGE 2018).
No obstante, ahora, una Consulta Vinculante de la DGT matiza que dicha Ayuda por Guardería sólo alcanza a esos menores de 3 años inscritos en Centros Educativos que tengan ese módulo educativo de 0-3 años y que dispongan no sólo del Permiso del Ayuntamiento para operar sino que además dispongan del Permiso Autonómico para operar como Centro Educativo y, por ende, para general el M233 de Hacienda que permite a esta cruzar los datos entre los menores que están en dichos centros y los demandantes de esta Ayuda por Guardería que a decir de la DGT ahora sólo se devenga para los menores inscritos en dichos Centros Educativos (los del doble permiso municipal y autonómico) y todo ello a pesar de que en el texto redactado por Hacienda en 2018 se usó el término guarderías “que es un concepto no definido en la normativa” desconociendo la terminología de la LOE de 2006 (LO 2/2006) que ya habla de educación infantil en lugar de guardería diferenciando objetivos y requisitos. Así las cosas, un centro para ser educativo necesita además del permiso municipal una autorización autonómica y sólo los que tengan esta última podrán generar el M233 y permitir la Ayuda de Guardería a sus inscritos.
Frente a la claridad del Art. 81.2 LIRPF no se puede ahora tergiversar sobre la base del término “autorizados” contenido en el Art. 69.9 del Reglamento que señala las obligaciones de información de esas guarderías o centros de educación infantil” por lo que a nuestro juicio cabe la reclamación de esa Ayuda de Guardería independientemente del centro en el que se encuentre el menos de 0-3 años.
A mayor abundamiento, la discriminación que pretende sacarse ahora de la manga la DGT atenta contra nuestro ordenamiento jurídico al que se han incorporado los derechos y libertades de la UE entre los que destacan los principios de libre mercado, libre competencia y de no discriminación, además de la prohibición de las Ayudas de Estado (Art. 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea), porque no otra cosa supondría permitir la deducción a los clientes de los centros de educación infantil “autorizados” frente a los de las guarderías legalmente establecidas y “autorizadas” por el Ayuntamiento correspondiente.