En el contexto actual, donde el Poder Ejecutivo promueve reformas en la Justicia para, entre otras cosas, conceder la instrucción de las causas penales al MF, a pesar de ser un cuerpo jerarquizado y dependiente del mismo, llega ahora su enésima actuación partidista en la que rechaza investigar a Monedero por el supuesto acoso a varias alumnas de la Complutense, asegurando que «los hechos descritos no tienen entidad para considerarlos como trato degradante y a las alumnas«, aunque sí merecen un reproche moral y una corrección a través del Expediente Disciplinario que ya le tiene abierto la Universidad.
El pasado 10.04.2025, la Fiscalía Provincial de Madrid recibió una comunicación de la Universidad Complutense dando traslado del Expediente Disciplinario abierto a Juan Carlos Monedero, profesor titular de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociología, en relación con el comportamiento mantenido por el mismo con algunas alumnas asistentes a la clase impartida por aquél durante el curso académico 2021-2022. Frente al mismo y a lo que ocurre siempre en estos casos, el MF acuerda archivar las diligencias de investigación preprocesal contra Juan Carlos Monedero al no considerar su conducta constitutiva de un delito contra la integridad moral (173. 1 CP). En su escrito, el MF señala que «los hechos anteriormente descritos no tienen la entidad suficiente para considerarlos como un trato degradante y atentado grave contra la integridad moral de las alumnas. La jurisprudencia referida requiere que la conducta para ser declarada grave, además de ser reiterada debe revestir un plus de desvalor, entendiendo este plus como aquel que puede crear en las víctimas sentimientos de terror, de angustia y de inferioridad, susceptibles de humillarles, de envilecerles y de quebrantar, en su caso, su resistencia física o moral, menoscabando gravemente su integridad moral, quedando fuera de la represión penal las conductas meramente impropias, como es lo que sucede en el presente caso», sin perjuicio de que este tipo de conductas y expresiones «pueden ser calificadas como inadecuadas, improcedentes, fuera de lugar y reprochables moralmente, sobre todo de quien se dedica a enseñar y a quien se le exige una cierta responsabilidad social vinculada a transmitir unos valores éticos, pero no todo trato degradante será punible, sino sólo los más lesivos».
El MF concluye que «la escasa entidad de los hechos, el marco en que se producen y el tiempo transcurrido no han permitido obtener los elementos precisos para interponer una denuncia por un delito contra la integridad moral. No obstante, ha de señalarse el perjuicio y daño que pueden causar estos comportamientos entre el alumnado. Esta situación de vulnerabilidad y de asimetría debe ser conocida por quien tiene la autoridad para restablecer el equilibrio y evitar que se produzcan estas situaciones, cuanto menos desafortunadas, impropias, inadecuadas y gratuitas, las cuales podrían, en su caso, corregirse en vía disciplinaria mediante la continuación de la tramitación del Expediente Disciplinario incoado».
Del mismo modo, la Fiscalía Provincial de Madrid también archivó las diligencias de investigación preprocesal contra Juan Carlos Monedero por presunta agresión sexual y contra Irene Montero, Ione Belarra y Ángela Rodríguez Pam, por encubrimiento y omisión del deber de socorro. En este caso, el MF concluye que no existen elementos suficientes para sostener ninguno de los delitos denunciados, con fecha 04.03.2025, por una plataforma política gallega ante la Fiscalía de Vigo. Allí denunciaban que Monedero había agredido sexualmente a Ayme Román y a Lola Sánchez Caldentey, tal y como ellas lo aseguraron en dicha plataforma, aunque no ante el MF que aprovecha dicha circunstancia para no investigar nada y archivar las denuncias asegurando que los hechos no son «lo suficientemente claros para mantener racionalmente la existencia de un delito de agresión sexual» ya que las presuntas víctimas «no parecen presentar marcadores de debilidad o vulnerabilidad que justifiquen la acción subrogada del Ministerio Fiscal».
Nada que ver, como sabrán, con lo que sucede normalmente en estos casos, por lo que antes de entregar la instrucción de los casos al MF –como pretende ahora el gobierno—habría que dotar al MF de la misma independencia de la que goza la judicatura, siquiera formalmente, a pesar de tener ya al CGPJ completamente colonizado por los partidos políticos. De lo contrario, ríanse de la caza de brujas de McCarthy.