Estamos pendientes de conocer la decisión de la AP de Madrid sobre la decisión del Juzgado de Instrucción Nº 41 de Madrid –el de Juan Carlos Peinado– de someter al Tribunal del Jurado la causa de Begoña Gómez por, supuestamente, malversar caudales públicos del 432 y ss. CP, donde se tipifica la conducta de los funcionarios públicos o de las autoridades que, en el ejercicio de sus funciones, sustraen, desvían, utilizan o permiten el uso indebido del dinero, efectos o bienes públicos, distinguiendo entre con y sin enriquecimiento personal, cuya competencia corresponde al Tribunal del Jurado siguiendo la LO 5/1995.
Se trata de una cuestión espinosa habida cuenta de que el Jurado, en España, condena a más del 90% de los encausados (son 9 jurados, pero se necesitan 7 votos para marcar la culpabilidad y solo 5 para exonerarla). El Jurado goza de muchas garantías procesales, empero condena sin remisión porque las conductas que se someten a su jurisdicción generan alarma social y desprecio, produciendo un efecto de revancha social. Por eso, el Jurado en España tiene también un punto de escarmiento público a través de una condena ejemplarizante que suele ir más allá de la pura lógica jurídica con la que actúa un juez profesional.
Se trata también de una cuestión espinosa porque fue precisamente el PSOE de Felipe González y Alberto Belloch el que, con el apoyo de toda la izquierda, creó en 1995 el Tribunal del Jurado Popular amparado en el 117 CE – la Justicia emana del Pueblo—y desarrollado por la LO 5/1995, del Tribunal del Jurado. El Tribunal del Jurado, siempre a su decir, venía a superar a la ‘Justicia Profesional’ mediante una ‘Justicia Popular’ a la que encomendaron el enjuiciamiento de 11 delitos: Homicidio, Amenaza, Omisión del deber de socorro, Allanamiento de morada, Infidelidad en la custodia de documentos, Cohecho, Tráfico de Influencias, Malversación de caudales públicos, Fraudes y exacciones ilegales, Negociaciones prohibidas a funcionarios e Infidelidad en la custodia de presos, quedando excluidos los delitos cuyo enjuiciamiento venga atribuido a la AN o aquellos cuya competencia haya sido asumida por la Fiscalía Europea, así como la Prevaricación.
Así las cosas, los mismos que otrora nos vendieron las bondades de ‘democratizar la Justicia’ —en otro intento por controlarla desde el Poder Ejecutivo como ahora con la ‘Ley Bolaños’—son los que ahora reniegan del Tribunal del Jurado y de su competencia para enjuiciar el caso de malversación de caudales públicos imputado indiciariamente por el juez de instrucción a Begoña Gómez. Lo rechazan porque saben que su conducta resulta escandalosa para la opinión pública generando una alarma social que les hace pronosticar una condena clara. Por eso, precisamente, le tienen pánico a la ‘Justicia Democrática’.
El Jurado –como tantas otras ideas supuestamente progresistas—es muy bonito y democrático hasta que te toca a ti, porque entonces la ‘Justicia del pueblo para el pueblo’ no te convence y prefieres la intervención de un juez profesional que aplique ecuánime y proporcionalmente la Ley. En ese momento, deseas que un juez profesional sea el que determine tu inocencia o tú culpabilidad –no hay delito sin dolo ni culpa– y, en su caso, fije la pena correspondiente, porque confías en su integridad e independencia, al contrario de lo que ocurre con los jurados.
En definitiva, ahora no cabe que desde La Moncloa se quiera sortear la competencia del Tribunal del Jurado que ellos impusieron al resto de ciudadanos. Si el Tribunal del Jurado es algo tan bonito, tan bueno y tan democrático para enjuiciar a los españoles de a pie, lo tiene que ser también para enjuiciar a la ciudadana Begoña Gómez, máxime cuando forma parte del mismo partido que lo defendió e implantó. Es lo que popularmente se conoce como ‘Justicia Poética’ o ‘¿no querías caldo? Pues ahí van dos tazas’. Los que nos vendieron la idea de que la Justicia Popular es siempre mejor que la Justicia Profesional e instauraron el Tribunal del Jurado, ahora no pueden soslayarlo cuando el delito analizado es claramente competencia del mismo.
Vamos a ver las piruetas que hacen para intentar –o conseguir– librar a la mujer del presidente del gobierno de que su causa sea enjuiciada por un Jurado Popular siguiendo la LO 5/1995. Va a ser muy divertido.
