El TS avala que las empresas eliminen los días de desplazamiento que dan a los trabajadores que tengan que coger el permiso para cuidar a familiares hospitalizados o enfermos tras su ampliación a cinco días en 2023. La empresa del litigio concedía tres días de permiso para cuidar familiares y otros tres, en caso de viaje. Sin embargo, al adaptar el nuevo permiso de cinco días, eliminó los tres días de trayecto. El sindicato denunció que se trató de una decisión unilateral que perjudicó a la plantilla y que supuso una Modificación Sustancial de las Condiciones de Trabajo (MSCT), por lo que la compañía debió abrir una consulta con los representantes de los trabajadores.
La STS de 18.02.2026, sin embargo, declara que «la empresa no tenía opción alternativa, no se le puede reprochar que no abriera la negociación con la representación legal de los trabajadores en la medida en que no estamos ante una MSCT» al tratarse de un cambio legal que estaba obligada a implementar. Antes del cambio a 5 días del 2023, el permiso retribuido por cuidar a familiares hospitalizados o en reposo domiciliario era de 2 días, con posibilidad de ampliar otros dos si el trabajador tenía que viajar. Un total de 4 días si requería de desplazamiento. La reforma del 23 elevó el permiso a 5 días laborables, hubiera o no desplazamiento.
La STS concluye que está claro que el cambio ha traído una situación más ventajosa para los trabajadores que la situación anterior. «La situación actual es que se reconoce directamente a todo el personal, necesite o no realizar desplazamiento, un permiso de cinco días laborables: de todo lo anterior se concluye que el permiso ha sido ampliado […] en tanto que los días laborables han pasado de tres a cinco, elemento este que excluye los fines de semana, de forma que en la práctica pueden llegar a siete naturales«.
Otra ayuda sindical de esas que han llevado a muchas empresas a estar como en Losán. Hay gente que no espabila.
