El Desgobierno Comunista acaba de aprobar, con un Decreto-Ley, la prórroga de los ERTE asociados al coronavirus hasta el próximo 31.01.2021. Y lo hace de la mano de tres tipos de ERTE para dar cobertura a todos los sectores, a saber:
- ERTE POR FUERZA MAYOR
Destinado a las empresas «particularmente impactadas durante toda la ola de la pandemia» y que hayan tenido «un nivel de recuperación mínimo durante el verano» parece apuntar, pendientes de los códigos CNAE de las actividades a las que efectivamente se destinará, a las empresas ligadas al Sector Turismo, abarcando también a aquellas otras que pertenezcan a la cadena de valor de las primeras (a las «que puedan acreditar que en el año 2019 la mitad de su facturación haya dependido de manera directa de aquellas empresas o bien si dependen de manera indirecta de las empresas incluidas en el listado de códigos CNAE-09«).
Para ellas se establecerán exoneraciones en las cuotas a la SS de todos sus trabajadores, tanto reactivados como suspendidos, devengadas en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2020 y enero de 2021 (85% para empresas < 50 trabajadores y del 75% para las que superen esa cifra). Para ello deberán presentar a la autoridad laboral correspondiente, entre el 5 y el 19 de octubre, la solicitud de declaración de empresa dependiente/integrante de la cadena de valor de otra empresa de dicho sector.
- ERTE POR IMPEDIMENTO
Destinado a empresas de «cualquier sector o actividad» que vean impedido el normal desarrollo de su negocio por «las nuevas restricciones o medidas adoptadas a partir del 1 de octubre de 2020, tanto por autoridades nacionales como extranjeras«.
Para ellas, la exoneración en sus cotizaciones a la SS durante el periodo de cierre y hasta el 31.01.2021 será del 100% si tienen menos de 50 trabajadores o del 90% si tienen 50 o más.
- ERTE POR LIMITACIONES
Destinado a empresas de todos los sectores que vean limitado el desarrollo de su actividad normal en algunos de sus centros de trabajo como consecuencia de decisiones de las autoridades españolas.
Para ellas, las exoneraciones en las cotizaciones a la SS de los trabajadores suspendidos serán decrecientes entre los meses de octubre de 2020 y enero de 2021. Los porcentajes serán diferentes para aquellas con menos de 50 trabajadores (100%/90%/85%/80%) o con más (90%/80%/75%/70%).
El cálculo de las anteriores exoneraciones se mantendrá siempre sobre el 70% de la base reguladora del trabajador en ERTE (no bajará al 50% transcurridos 6 meses como señalaba hasta ahora la ley) por lo que la permanencia en el ERTE no consumirá paro.
En cuanto a la prohibición de despedir incluida en la anterior normativa de los ERTE, se prorroga para este nuevo periodo estableciendo un nuevo periodo de 6 meses de mantenimiento del empleo para las empresas que se acojan a un nuevo ERTE con exoneración de cuotas. Asimismo, en las empresas acogidas a los nuevos ERTE tampoco podrán realizarse nuevas horas extraordinarias, ni nuevas externalizaciones, ni nuevas contrataciones salvo por razones de formación u otras razones objetivas y justificadas.
Medida necesaria y a mi juicio corta. El tiempo dirá.
