La AP de Valencia, en su Auto 84/23 de 31.01.2023, en un caso en el que un contribuyente denunció la destrucción y manipulación de pruebas por parte de la AEAT, viene a confirmar dicha denuncia al declarar que «lo cierto es que la destrucción de los ordenadores y de la primera copia del disco 169 impiden que se compruebe si efectivamente la imagen forense resultó alterada con posterioridad al volcado, incorporando información que no constaba en la original y que fue relevante para la inspección incorporándose fotografías, correos y consultas a páginas web«. No obstante, luego apunta que, por el tiempo transcurrido y los defectos de la instrucción del caso, el posible delito cometido estaría prescrito.
El hecho crucial es que la AP de Valencia declara probado que la AEAT manipuló y destruyó pruebas y que a resultas de esa actuación resulta imposible verificar si las que constan en el expediente son ciertas o han sido artificialmente fabricadas por los funcionarios de la Inspección. Además, en la documental figuran pruebas audiovisuales en las que se ve y se escucha cómo durante el registro en el domicilio del contribuyente, el responsable de la Inspección se jacta (i) de «haber metido un gol» al inspeccionado respecto al límite de sus facultades inspectoras durante el mismo, y (ii) de que con dicha actuación ya habría alcanzado el máximo anual para su bonus. Para rematar la labor, también consta audiovisualmente cómo otros agentes actuantes en dicho registro condicionan las declaraciones de testigos con amenazas si no declaran en el sentido que ellos les reclaman.
Otro capítulo de esto mismo –prueba de que es una práctica ya institucionalizada- es la Lista de Deudores o Lista de Morosos de la AEAT en la que incluyen no sólo a aquellos que han generado la deuda tributaria sino también a aquellos otros a los que la propia AEAT declara responsables de su pago (ahora a partir de 600.000€). Frente a esta tendencia a señalar y estigmatizar de la AEAT, que fue informada negativamente por el resto de las instituciones (Consejo de Estado, CGPJ, AEPD…), se alza ahora el Tribunal Supremo (TS) con una sentencia en la que prohíbe que esa lista incluya a los contribuyentes cuya deuda se encuentra pendiente de resolución judicial al entender que su inclusión deteriora su imagen pública antes de que exista una condena judicial, suponiendo una suerte de pena de banquillo o pena de telediario con la que presionar a los mismos para que acepten las condiciones, normalmente abusivas, que suele perseguir la Hacienda Pública en un país donde todo está gravado no sólo una, sino varias veces.
Todo esto huele a Cuba, Nicaragua, Venezuela y Argentina, a una suerte de Caribe Mix del abuso tributario que ha pasado de las interpretaciones torticeras de la norma al engaño al ciudadano-contribuyente, a la alteración de pruebas y a las presiones de todo tipo y a todo el mundo que son, a buen seguro, la antesala de que se presenten en tú casa, derriben la puerta y te atraquen a mano armada. La AEAT necesita de medidas de control y de medidas disciplinarias que corten de raíz estas prácticas mafiosas y que garanticen los derechos de los contribuyentes si no queremos estar todos, más pronto que tarde, en un escenario opuesto al Estado de Derecho. Tomen buena nota.
P.D.: NO ABRAN LA PUERTA DE SU CASA A NADIE SIN AUTORIZACIÓN JUDICIAL, PREVIA COMPROBACIÓN DE LA MISMA.