La confusión existente, obliga a recordar los límites impuestos por la AEAT a la hora de pagar en metálico:
_ 1.000€: siempre que alguna de las partes sea empresa o profesional.
_ 10.000€: siempre que el pagador sea una persona física que no tenga domicilio fiscal en España y no actúe como empresa o profesional (estamos hablando del turista).
Lógicamente, además, para respetar dichos límites se computarán todos los pagos relacionados con una misma operación para evitar que, fraccionando los mismos, se contravenga la norma y la obligación se extiende al mismo contravalor en moneda extranjera. Existe, además, la obligación de conservar los justificantes del pago durante cinco años desde la fecha del pago. Un régimen sancionador impulsa al cumplimiento de este límite: una multa del 25% de lo pagado en metálico, tanto para la persona que paga como para la que lo recibe, que equivale a sanciones de entre 250€ y 2.500€.
En este sentido, se consideran medios de pago:
- El papel moneda y la moneda metálica, nacional o extranjera.
- Los cheques bancarios al portador, denominados en cualquier moneda.
- Cualquier otro medio físico o electrónico concebido para ser utilizado como medio de pago.
La limitación no aplica a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito ni a las operaciones de cambio de moneda en efectivo realizadas por los establecimientos de cambio de moneda.
Estos son los límites actuales, establecidos en la Ley 11/2021, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, y no los 2.500€ del límite inicial. A partir del mismo, debe acudirse a una transferencia bancaria y la Ley 7/2012 establece también el límite de 10.000€ para poder transferir dinero sin necesidad de declararlo. Además, la AEAT se reserva la potestad de investigar cualquier operación que supere los 3.000€ o en la que se pague con billetes de 500€.
En la UE, aunque también existe un control del dinero en metálico, van en sentido contrario: Italia aumentó el límite de los 1.000€ a los 3.000€ y Alemania estudia marcarlo en 5.000€ (ahora no hay un límite). Solo en Francia son tan intervencionistas como la PPSOE reduciendo el límite a 1.000€ desde los 3.000€ iniciales.
