La Fábrica de La Tele –dirigida entonces por Óscar Cornejo y Adrián Madrid- dedicó más de 20 programas a comentar la vida, incluso la más íntima, del periodista Alfonso Merlos en un programa titulado ‘Merlos place’ y ahora la AP de Madrid, estimando parcialmente su recurso por vulneración de su derecho al honor y a la intimidad, condena a la productora y al programa Sálvame en particular -dirigido por Jorge Javier Vázquez –y no es la primera vez- a pagar 800.000€ de indemnización por “una intromisión ilegítima continuada en el derecho al honor y a la intimidad personal y familiar”.
La AP ratifica la sentencia del Juzgado de Primera Instancia Nº 3 de Móstoles, de julio de 2022, condenó al grupo audiovisual “a que en el futuro se abstenga, a través de su cadena o cualquier otro medio, de difundir total o parcialmente el contenido de los referidos programas en todos los aspectos que supongan una intromisión en el derecho al honor” de Alfonso Merlos y a reproducir el fallo judicial en los mismos programas o programas de similar importancia y audiencia. Además, inicialmente, se condenó al gigante audiovisual a pagar por los daños y perjuicios personales, morales y patrimoniales causados a pagar 380.000€ a la empresa de Merlos (TROCADERO COMUNICACIÓN SL) más otros 800.000€ al propio Merlos con los intereses legales correspondientes.
La AP de Madrid, sin embargo, revoca parcialmente la sentencia para desestimar la demanda de TROCADERO COMUNICACIÓN SL y estimar parcialmente la de Merlos, manteniendo el resto de los pronunciamientos declarativos y de condena porque en dichos programas “se le calificó de clasista, cobarde, tonto útil, incívico, mentiroso, antiguo, machista, infiel, traidor, hipócrita, sinvergüenza, gañán, y cateto”, además de repasar sus gustos sexuales y su trayectoria amorosa. Para el MF “el visionado de los programas, aplicando la doctrina, evidencian que la cadena propició, alentó e incitó el pronunciamiento de expresiones referidas a Merlos que rebasan claramente el ámbito de la crítica, carecen de justificación objetiva, resultan manifiestamente ofensivas e indudablemente lesionan la dignidad del actor y menoscaban su fama” y además “propició, alentó e incitó la revelación y difusión de hechos privados relativos a la vida íntima y personal del demandante, que afectaban directamente, y resultaban completamente carentes de todo interés público”.
La AP de Madrid también precisa que “la sentencia inicial no carece de motivación, y en ella se valoran adecuadamente las circunstancias del caso, la gravedad e intensidad de la lesión producida, su carácter continuado y prolongado sin causa que la justifique y su enorme difusión, datos que esta Sala comparte y que justifican la indemnización concedida que no estimamos deba verse reducida” por lo que comparten “las valoraciones del abogado de Merlos en las que refiere que fue objeto de una cacería mediática y un ataque furibundo en todos los planos, personal y profesional, en sus creencias y moralidad, con un coste devastador profesional y personal por lo que estimamos que la indemnización concedida no es desproporcionada y se ajusta a los precedentes judiciales” porque “consta también documentalmente acreditado que el video se hizo viral y que esa escena tuvo repercusión internacional” y así lo recogió la revista ¡Hola! que publicó «De Inglaterra a Estados Unidos, el affaire Merlos Place llega a la prensa internacional. La supuesta infidelidad del periodista ha traspasado nuestras fronteras (…) Hasta Whoopi Goldberg opina sobre el caso Merlos”.