Un reciente estudio de AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA) sobre la litigiosidad de los conductores españoles frente a las multas de tráfico pone de manifiesto que cada vez son más numerosas las resoluciones judiciales que anulan total o parcialmente las multas impuestas por la Dirección General de Tráfico (DGT) y, además, cada vez son más frecuentes las sentencias que condenan en costas a la misma por apreciar temeridad o mala fe en su actuación.
La DGT, en los últimos veinte años, ha formulado 70M de denuncias con una recaudación en torno a los 6.500M€. Denuncias que, en ese periodo, crecieron un 122%, pasando de 2,10M en 2001 a 4,68M en 2019, mientras que el parque automovilistico sólo lo hizo un 42%. Paralelamente, el número de recursos contra dichas sanciones ha sufrido un proceso inverso, especialmente a partir de la reforma del 2009 de la LTSV, gracias a los descuentos del 30% al 50% por pronto pago a cambio de renunciar a los posibles recursos, estrategia secundada por el 64% de los conductores que prefirieron pagar con descuento, aunque consideraran que la denuncia formulada fue injusta.
A pesar de todo esto -continua el estudio- los juzgados de lo contencioso están dando muchas veces la razón a los conductores en los recursos que sí se plantean frente a esas sanciones de la DGT, especialmente en las referidas a excesos de velocidad porque la DGT insiste en no aplicar correctamente el margen de error de los radares. Así, en los últimos tres años, el número de sentencias judiciales favorables a los conductores ha aumentado un 14% hasta alcanzar un resultado de casi un 50% de sanciones anuladas. Al mismo tiempo, esos juzgados, ponderando que la irregular imposición de multas por parte de la DGT afecta al interés general, está condenando en costas a esta Administración “por su temeridad al no haber rectificado la resolución impugnada, pese a conocer que todos los juzgados contencioso-administrativos de la ciudad (…) mantienen el mismo criterio sobre el margen de error, y que otras Administraciones ya lo están aplicando desde tiempo atrás sin problema alguno” como precisa una de las últimas sentencias de Pontevedra.
En definitiva, que aquí tenemos otra Administración que se salta el Ordenamiento Jurídico en su propio beneficio, que se niega a rectificar siempre en vía administrativa y que obliga a los ciudadanos a acudir a la vía Contenciosa para defender unos Derechos que la Administración debería reconocer desde un principio, extremo que ahora los Juzgados están tratando de corregir acertadamente con la condena en costas que, de practicarse en todos los procesos provocados por la Administración y que se resuelven en contra de la misma, contribuiría decisivamente a terminar con las prácticas totalitarias seguidas por muchas de ellas atendido que, en ese caso, el abuso les costaría un buen dinero y esto supondría, a buen seguro, una cesación en tales prácticas. Hasta entonces, busca un abogado y recurre si tienes razón.
