En 2017 la CNMC multó a RENFE con 65M€ por limitar la competencia en el transporte ferroviario de mercancías (de la que responden solidariamente RENFE OPERADORA y RENFE MERCANCIAS), obstaculizando el proceso de liberalización de dicho mercado, restringiendo la competencia y castigando, en definitiva, a todos los consumidores españoles porque todo se transporta. Ahora la AN acaba de ratificar dicha decisión que supone la mayor multa individual del regulador a una empresa. El contexto es el siguiente: en España el proceso liberalizador del transporte ferroviario de mercancías se abrió en 2005 empero hasta ahora sólo 11 empresas privadas han entrado en un mercado en el que RENFE copa el 83% mientras el resto se lo reparten entre esas compañías privadas (11,8%) y operadoras ferroviarias de titularidad autonómica. La situación en el resto de Europa es bien distinta: en Alemania operan 228 compañías, en UK 111, en Polonia 102 y en Francia 22.
Entonces, la CNMC multó también a DEUTSCHE BAHN (DB) con 10,5M€ y a varias de sus filiales por concertar acuerdos con RENFE para cerrar ese mercado de transportes ferroviarios a la competencia. En su resolución, la CNMC consideró probado que RENFE y DB, controlando ya el 80% del transporte de mercancías por vía férrea, suscribieron acuerdos en 2008 que distorsionaban la libre competencia al posicionarse respectivamente como clientes y proveedores preferentes, respecto de elementos y actividades imprescindibles para este tipo de transporte, frente al resto de competidores, limitando con ello la competencia en ese mercado (p.e. TRANSFESA, único competidor que disponía de tracción, subarrendó a RENFE sus locomotoras provocando que así fuera la única compañía con capacidad de tracción propia en el mercado español).
RENFE enseguida anunció su recurso ante la Audiencia Nacional, sin negar los hechos y calificando la sanción de injusta, inútil y desproporcionada esgrimió en su defensa (i) que tales prácticas ya fueron “corregidas voluntariamente”; (ii) que la filial RENFE MERCANCIAS sólo factura 215M€ en un mercado que no pasa de los 300M€ anuales; (iii) que la sanción le abocaría de nuevo a los números rojos y a un recorte de estructura y (iv) que ya se habían puesto en venta las participaciones que tenían en TRANSFESA y SEMAT, las compañías señaladas por la CNMC.
Ahora, el fallo de la AN ratifica esa multa de 65M€ a RENFE (como sumatorio de dos multas de 49,9M€ y de 15,1M€) porque no existen argumentos que puedan justificar su anulación resultando probada la obstaculización del proceso de liberalización del transporte de mercancías por ferrocarril y el uso de su posición dominante para imponer sus acuerdos por encima de los de otros competidores y rechazando que la imposición de dos multas por parte de la CNMC vulnerara el principio non bis in ídem ya que, como precisa la Sala de lo Contencioso-Administrativo, “no existe coincidencia en los hechos imputados que justifican la imputación de dos infracciones”. La Sala considera probado que con los acuerdos firmados entre RENFE y las filiales de DB en materia de servicios de tracción ferroviaria se produjo “un tratamiento preferencial” por el que garantizaron “sus necesidades de tracción a 5 años, con revisiones de precios pactadas de antemano” lo que provocó “una discriminación comercial para terceras empresas que demandaban tracción ferroviaria para transporte de mercancías por ferrocarril” como eran los miembros de la Asociación de Empresas Ferroviarias Privadas (AEFP). Lógicamente, esa “falta de acceso a la tracción de Renfe en condiciones similares a las de grupo Deutsche Bahn habría impedido a estos competidores desarrollar estrategias expansivas de captación de nuevos clientes, lo que ha contribuido a perpetuar la problemática competitiva que genera su menor tamaño en un mercado en el que las economías de escala y de red son muy significativas”.
En definitiva, que la CNMC acertó con su expediente sancionador en el que se destacaba como las condiciones ofrecidas a la AEPF fueron distintas de las pactadas con las empresas del Grupo DB que, lejos de haber competido entre sí, “permitieron mantener casi invariable el statu quo preexistente a la liberalización del sector de transporte de mercancías por ferrocarril en España” y esto precisamente es lo que ahora confirma la AN reconociendo que RENFE, Operadora y Mercancías, abusaron “de su posición dominante en el mercado al aplicar condiciones comerciales desiguales dependiendo de quién fuera el empresario competidor otorgando así ventajas competitivas a las empresas del Grupo Deutschland/Transfesa frente a las empresas ferroviarias asociadas a la AEFP”.
La conclusión es que, con la aquiescencia de la PPSOE –que se lo cobrará oportunamente-, existen en España oligopolios, en este caso de RENFE y DB, que además de controlar el mercado, en este caso el del transporte de mercancías por vía férrea, se dedican a bloquear la entrada de competidores privados en perjuicio de la competencia y, por ende, de todos los españoles porque hoy todo se transporta y ese “mayor coste del transporte” se traslada luego al precio que todos pagamos por todos los productos y materiales que compramos. Mucho que cambiar en España. Mañana veremos el caso del oligopolio eléctrico.